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Sentencia del Tribunal General de 15 de julio de 2015 — Akzo Nobel y otros/Comisión

(Asunto T-47/10) 1

(«Competencia — Prácticas colusorias — Mercados europeos de los estabilizadores térmicos — Decisión declarativa de dos infracciones del artículo 81 CE y del artículo 53 del Acuerdo EEE — Fijación de los precios, reparto de los mercados e intercambio de informaciones comerciales sensibles — Duración de las infracciones — Prescripción — Duración del procedimiento administrativo — Plazo razonable — Derecho de defensa — Imputación de las infracciones — Infracciones cometidas por filiales, por una sociedad colectiva sin personalidad jurídica y por una filial — Cálculo del importe de las multas»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Akzo Nobel NV (Ámsterdam, Países Bajos); Akzo Nobel Chemicals GmbH (Düren, Alemania); Akzo Nobel Chemicals BV (Amersfoort, Países Bajos), y Akcros Chemicals Ltd (Warwickshire, Reino Unido) (representantes: inicialmente C. Swaak y M. van der Woude, posteriormente C. Swaak y R. Wesseling, abogados)

Demandadas: Comisión Europea (representantes: inicialmente F. Ronkes Agerbeek y J. Bourke, posteriormente F. Ronkes Agerbeek y P. Van Nuffel, agentes, asistidos por J. Holmes, Barrister)

Objeto

Demanda de anulación de la Decisión C(2009) 8682 final de la Comisión, de 11 de noviembre de 2009, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 CE y del artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/38589 — estabilizadores térmicos), o, subsidiariamente, de reducción del importe de las multas impuestas.

Fallo

Anular el artículo 2, apartados 4, 6, 21 y 23, de la Decisión C(2009) 8682 final de la Comisión, de 11 de noviembre de 2009, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 CE y del artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/38589 — estabilizadores térmicos), en cuanto se impusieron multas a Akzo Nobel Chemicals GmbH y a Akzo Nobel Chemicals BV.

Reducir el importe total de las multas impuestas en el artículo 2, apartados 1 a 7 y 18 a 24, de la Decisión C(2009) 8682 final a 40,194 millones de euros para Akzo Nobel NV y a 11,881980 millones de euros para Akcros Chemicals Ltd.

Desestimar el recurso por lo demás.

La Comisión Europea cargará con dos quintos de las costas de Azko Nobel, de Azko Nobel Chemicals GmbH, de Azko Nobel Chemicals BV y de Akcros Chemicals y tres quintos de sus propias costas. Akzo Nobel, Akzo Nobel Chemicals GmbH, Akzo Nobel Chemicals BV y Akcros Chemicals cargarán con tres quintos de sus propias costas y dos quintos de las costas de la Comisión.

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1 DO C 100, de 17.4.2010.