Language of document : ECLI:EU:C:2010:638

AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

de 26 de octubre de 2010 1(1)

«Acumulación»

En el asunto C‑468/10,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Tribunal Supremo (España), mediante resolución de 15 de julio de 2010, recibida en el Tribunal de Justicia el 28 de septiembre de 2010, en el procedimiento entre

Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF)

y

Administración del Estado,

en el que participan:

Unión General de Trabajadores (UGT),

Telefónica de España, S.A.U.,

France Telecom España, S.A.,

y en el asunto C‑469/10,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Tribunal Supremo (España), mediante resolución de 15 de julio de 2010, recibida en el Tribunal de Justicia el 28 de septiembre de 2010, en el procedimiento entre

Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD)

y

Administración del Estado,

en el que participan:

Unión General de Trabajadores (UGT),

Telefónica Móviles España, S.A.U.,

France Telecom España, S.A.,

Vodafone España, S.A.,

Asociación de Usuarios de la Comunicación,

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

oído el Primer Abogado General, Sr. Y. Bot,

dicta el siguiente

Auto

1        Las peticiones de decisión prejudicial versan sobre la interpretación del artículo 7, letra f), de la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DO L 281, p. 31).

2        Por haber conexión entre el objeto de los citados asuntos, procede acumularlos a efectos de las fases escrita y oral y de la sentencia, conforme al artículo 43 del Reglamento de Procedimiento.

En virtud de todo lo expuesto, el Presidente del Tribunal de Justicia resuelve:

Acumular los asuntos C‑468/10 y C‑469/10 a efectos de las fases escrita y oral y de la sentencia.

Dictado en Luxemburgo, a 20 de octubre de 2010.

El Secretario

 

      El Presidente

A. Calot Escobar

 

      V. Skouris


1 Lengua de procedimiento: español.