Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 9 de abril de 2014 — Comsa/OAMI — COMSA (COMSA)
(Asunto T‑144/12)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa COMSA — Denominación social anterior Comsa, S.A. — Motivo de denegación relativo — Falta de utilización en el tráfico económico de un signo cuyo alcance no es únicamente local — Similitud entre los servicios — Artículo 8, apartado 4, del Reglamento (CE) nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico — Requisitos — Utilización del signo en el tráfico económico [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 4] (véanse los apartados 17 y 24)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico — Marca denominativa COMSA y denominación social Comsa, S.A. [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 4] (véanse los apartados 28, 29 y 65 a 68)
3. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Criterios de apreciación — Carácter complementario de los productos [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 34, 44 y 57)
4. Marca comunitaria — Resoluciones de la Oficina — Principio de igualdad de trato — Principio de buena administración — Práctica decisoria anterior de la Oficina — Principio de legalidad — Necesidad de un examen estricto y completo en cada caso concreto [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo] (véase el apartado 49)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 10 de enero de 2012 (asuntos acumulados R 518/2011‑2 y R 795/2011‑2) relativa a un procedimiento de oposición entre Comsa, S.A., y Constructora de obras municipales, S.A. (COMSA). |
Fallo
1) | | Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 10 de enero de 2012 (asuntos acumulados R 518/2011-2 y R 795/2011-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Comsa, S.A., y Constructora de obras municipales, S.A. (COMSA), en la medida en que anuló la resolución de la División de Oposición respecto de los servicios pertenecientes a la clase 42 y autorizó el registro de la marca solicitada para esos mismos servicios. |
2) | | Desestimar el recurso en todo lo demás. |
3) | | Comsa cargará con sus propias costas y con tres cuartos de las costas de la OAMI. Esta última cargará con un cuarto de sus propias costas. |