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Recurso interpuesto el 11 de diciembre de 2007 - Dylog Italia/OAMI - GSI Office Management (IP Manager)

(Asunto T-453/07)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: Dylog Italia SpA (Turin, Italia) (representante: A. Ruo, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: GSI Office Management GmbH (Planegg, Alemania)

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) de 27 de septiembre de 2007 en el asunto R 982/2005-4, en la medida en que la Sala de Recurso resolvió que no había riesgo de confusión respecto de ninguno de los servicios para los que se había solicitado la inscripción comprendidos en las clases 35 y 38 ni de los servicios comprendidos en la clase 42 similares a los productos cubiertos por la marca italiana anterior.

Con carácter subsidiario, que se anule la resolución impugnada en la medida en que la Sala de Recurso resolvió que no había riesgo de confusión respecto de ninguno de los servicios para los que se había solicitado la inscripción comprendidos en la clase 38 ni de los servicios comprendidos en la clase 42 similares a los productos cubiertos por la marca italiana anterior.

Que se condene en costas a la OAMI conforme al artículo 87, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: GSI Office Management GmbH

Marca comunitaria solicitada: La marca denominativa comunitaria "IP MANAGER" para servicios comprendidos en las clases 35, 36, 38, 41 y 42 - Solicitud nº 2.177.277

Titular de la marca o del signo invocados en oposición: La demandante

Marca o signo invocados en oposición: Las marcas denominativas nacionales e internacionales anteriores "MANAGER" para productos comprendidos en las clases 9, 16, 35, 37, 39, 41 y 42 y la marca denominativa nacional "HOTEL MANAGER" para productos y servicios comprendidos en las clases 9 y 42

Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición en su totalidad

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Motivos invocados: Infracción del artículo 8 del Reglamento (CE) nº 40/94 ( 1).

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1 - Reglamento (CE) nº 40/94, del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1).