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Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 17 de enero de 2007 — Diy-Mar Insaat Sanayi ve Ticaret y Akar/Comisión

(Asunto T‑129/06)

«Recurso de anulación — Requisitos esenciales de forma — Representación obligatoria de las personas físicas o jurídicas por un abogado facultado para ejercer ante un órgano jurisdiccional de un Estado miembro — Presentación extemporánea del recurso subsanado — Inadmisibilidad del recurso»

1.                     Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma (Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 19, párrs. 3 y 4, 21, párr. 2, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, arts. 43, ap. 1, y 44, ap. 3) (véanse los apartados 25 a 30)

2.                     Procedimiento — Plazo para recurrir — Caducidad de la acción — Error excusable — Concepto (Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 21, párr. 2; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 44, ap. 6) (véanse los apartados 31 a 44)

Objeto

Recurso destinado, por una parte, a la anulación de la Decisión MK/KS/DELTUR/(2005)/SecE/D/1614, de 23 de diciembre de 2005, relativa a un procedimiento de adjudicación de contratos relativos a la construcción de centros de enseñanza en las provincias de Siirt y Diyarbakir (EuropeAid/121601/C/W/TR) y, por otra parte, a la suspensión de la ejecución del procedimiento de que se trata.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Condenar a las demandantes Diy‑Mar Insaat Sanayi ve Ticaret y Musa Akar a cargar con sus propias costas y, solidariamente, con las costas de la Comisión.