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Recurso interpuesto el 6 de abril de 2010 - Ayadi/Comisión

(Asunto T-527/09)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Chafiq Ayadi (representantes: H. Miller, Solicitor; B. Emmerson y S. Cox, Barristers)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule el Reglamento (CE) nº 954/2009 de la Comisión, en la medida en que resulta aplicable al demandante.

Que se condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En el presente asunto, el demandante solicita la anulación parcial del Reglamento (CE) nº 954/2009 de la Comisión, de 13 de octubre de 2009, por el que se modifica por centésimo decimocuarta vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes, en la medida en que el demandante fue incluido en la lista de personas físicas y jurídicas, grupos o entidades cuyos fondos y recursos económicos resultaron congelados en virtud de dicha disposición.

Para fundamentar su recurso, el demandante alega cuatro motivos.

En primer lugar, sostiene que la Comisión se extralimitó en el ejercicio de sus facultades al incluir al demandante en el anexo I del Reglamento nº 881/2002 sin haber examinado detenida e imparcialmente todos los elementos pertinentes de su situación.

En segundo lugar, el demandante alega que el Reglamento impugnado se adoptó vulnerando su derecho a la tutela judicial efectiva, puesto que dicho Reglamento no se basó en ningún tipo de pruebas, de tal modo que el Tribunal General se encuentra en la imposibilidad de cumplir su deber de examinar las pruebas, ni siquiera de iniciar tal examen.

En tercer lugar, el demandante alega que el Reglamento impugnado se adoptó con vulneración de su derecho de defensa. El demandante argumenta que la Comisión se abstuvo de aportar pruebas, limitándose a presentar las alegaciones recogidas en el informe del comité sancionador. Al no haberse aportado pruebas, el demandante se vio en la imposibilidad de aducir ante la Comisión la falta de fundamento o el carácter erróneo de las mismas.

En cuarto lugar, el demandante alega que, al congelar sus activos tanto con carácter retroactivo como para el futuro por un período indefinido, el Reglamento impugnado constituye una restricción injustificada de su derecho fundamental de propiedad.

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