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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 27 de septiembre de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por EnBW Energie Baden-Württemberg AG

(Asunto T-387/04)

(Lengua de procedimiento: alemán)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 27 de septiembre de 2004 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por EnBW Energie Baden-Württemberg AG, con domicilio social en Karlsruhe (Alemania), representada por los Sres. C.-D. Ehlermann, M. Seyfarth, A. Gutermuth y M. Wissmann, abogados.

La demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

Anule en virtud del artículo 231 del Tratado CE la Decisión de la Comisión de 7 de julio de 2004 relativa al plan nacional de asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero notificado por Alemania con arreglo a la Directiva 2003/87/CE. 1

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

La demandante es una empresa alemana dedicada a la producción de energía. En la medida en que las centrales eléctricas explotadas por ella emiten gases de efecto invernadero, la demandante está sujeta desde el 1 de enero de 2005 al régimen comunitario para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero establecido por la Directiva 2003/87/CE.

La demandante impugna la Decisión de la Comisión que confirma el plan nacional de asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero notificado por Alemania, a excepción de algunos elementos que no son relevantes en el presente asunto. En particular, censura una regla de transferencia contenida en el plan según la cual una empresa explotadora de centrales eléctricas que cierre una instalación antigua y la sustituya por una nueva recibe durante cuatro años la misma asignación de derechos de emisión que tenía por la antigua instalación. A su juicio, dicha regla provoca una asignación excesiva de derechos de emisión, que constituye una ayuda de Estado en el sentido del artículo 87 CE, apartado 1, y no tiene justificación posible. La demandante afirma que la apreciación irregular realizada por la Comisión en la Decisión impugnada adolece de defectos de motivación manifiestos y no demuestra que se hayan comprobado los hechos suficientemente. En consecuencia, la Decisión impugnada infringe los artículos 87 CE, apartado 3, y 88 CE, apartado 2.

La demandante alega asimismo que la Comisión no inició un procedimiento formal por ayudas de Estado, si bien debería haber albergado dudas considerables acerca de la compatibilidad de la citada regla con el Tratado CE, omisión que constituye una infracción del artículo 88 CE, apartado 2.

Por consiguiente, sostiene la demandante, la Decisión impugnada infringe el artículo 9, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE y el quinto criterio del anexo III de ésta, ya que la asignación excesiva de derechos de emisión favorece indebidamente a los competidores de la demandante, lo que se agravará debido al perjuicio injustificado que sufrirán las empresas que, como la demandante, se vean obligadas en un futuro próximo a cerrar centrales nucleares por imperativo legal.

Por último, la demandante afirma que la Decisión impugnada infringe el artículo 253 porque incurre en numerosos defectos de motivación graves.

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1 - Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (DO L 275, de 25.10.2003, p. 32).