Language of document : ECLI:EU:T:2012:194





Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 24 de abril de 2012 — Evropaïki Dynamiki/Comisión

(Asunto T‑554/08)

«Contratos públicos de servicios — Procedimiento de licitación — Prestación de servicios de consultoría empresarial, técnica y en materia de proyectos para aplicaciones informáticas de la Unión Europea en los sectores de los derechos de aduanas, los impuestos especiales y la imposición — Exclusión de la oferta de un licitador — Adjudicación del contrato a otro licitador — Recurso de anulación — Inadmisibilidad — Recurso de indemnización — Criterios de selección y de adjudicación — Obligación de motivación — Error manifiesto de apreciación»

1.                     Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Legitimación — Procedimiento de licitación — Decisión del órgano de contratación dirigida a un consorcio licitador que no tiene personalidad jurídica — Recurso interpuesto por una sociedad miembro de dicho consorcio — Admisibilidad (Art. 230 CE, párr. 4) (véanse los apartados 31 a 33)

2.                     Contratación pública de la Unión Europea — Celebración de un contrato mediante licitación — Facultad de apreciación de las instituciones — Control jurisdiccional — Límites (véanse los apartados 37, 80 y 97)

3.                     Contratación pública de la Unión Europea — Celebración de un contrato mediante licitación — Facultad de apreciación de las instituciones — Criterios de selección — Obligación de respetar los principios de igualdad de trato de los licitadores y de transparencia — Inexistencia de una obligación de dejar un margen entre el límite mínimo y máximo de elementos que se han de presentar para probar la capacidad de los licitadores [Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, arts. 89 y 97, ap. 1; Reglamento (CE, Euratom) nº 2342/2002 de la Comisión, art. 135, aps. 1, 2 y 5] (véanse los apartados 38 y 41 a 45)

4.                     Derecho de la Unión — Principios — Protección de la confianza legítima — Requisitos (véanse los apartados 51 y 67)

5.                     Contratación pública de la Unión Europea — Procedimiento de licitación — Facultad conferida al órgano de contratación de ponerse en contacto con un licitador después de la apertura de las ofertas — Obligación de ponerse en contacto en caso de posibilidad y de necesidad de obtener precisiones en relación con una oferta — Respeto del principio de igualdad de trato de los licitadores [Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, arts. 89, ap. 1, y 148, ap. 3; Reglamento (CE, Euratom) nº 2342/2002 de la Comisión, arts. 146, ap. 3, y 148, ap. 3] (véanse los apartados 52, 53, 55, 56, 58 y 65)

6.                     Procedimiento — Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso — Requisitos — Motivo nuevo — Concepto (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 48, ap. 2, párr. 1) (véase el apartado 119)

7.                     Contratación pública de la Unión Europea — Procedimiento de licitación — Obligación del órgano de contratación de excluir del procedimiento a un licitador que ha cometido una falta profesional grave — Licitador que invoca una supuesta falta profesional grave cometida por la sociedad a quien se adjudicó el contrato — Examen por el órgano de contratación de los hechos invocados — Apreciación prima facie — Obligación de desestimarlos en caso de pruebas de fraude carentes de fundamento y de informar al autor de las acusaciones [Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, arts. 93, ap. 1, letra c), y 94; Reglamento (CE, Euratom) nº 2342/2002 de la Comisión, art. 133] (véase el apartado 124, 126, 127 y 132)

8.                     Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de no aceptar una oferta en el marco de un procedimiento de adjudicación de un contrato público — Apreciación en función de los datos de que dispone la demandante en el momento de interponer el recurso [Art. 253 CE; Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, art. 100, ap. 2; Reglamento (CE, Euratom) nº 2342/2002 de la Comisión, art. 149] (véanse los apartados 136 a 139)

9.                     Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados — Demanda que tiene por objeto la reparación de los daños causados por una institución de la Unión [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 162 y 163)

10.                     Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Ilegalidad — Perjuicio — Relación de causalidad — Incumplimiento de uno de los requisitos — Desestimación de la totalidad del recurso de indemnización (Art. 288 CE, párr. 2) (véanse los apartados 167 y 168)

Objeto

Por una parte, pretensión de anulación de la Decisión de la Comisión de 26 de septiembre de 2008 por la que se rechaza la oferta presentada por el consorcio formado por la demandante y otras sociedades en el marco del procedimiento de licitación «TAXUD/2007/AO-005» para la prestación de servicios de consultoría empresarial, técnica y en materia de proyectos para aplicaciones informáticas comunitarias en los sectores de los derechos de aduanas, los impuestos especiales y la imposición (TIMEA) y de todas las decisiones consiguientes, incluida aquella por la que se adjudicó el contrato al licitador elegido, presentada sobre la base de los artículos 225 CE y 230 CE, y, por otra parte, pretensión de indemnización, presentada sobre la base de los artículos 225 CE, 235 CE y 288 CE.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a Evropaïki Dynamiki — Proigmena Systimata Tilepikoinonion Pliroforikis kai Tilematikis AE a cargar con sus propias costas y con las costas en que haya incurrido la Comisión Europea.