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Recurso de casación interpuesto el 21 de diciembre de 2010 por Luigi Marcuccio contra el auto dictado por el Tribunal de la Función Pública el 6 de octubre de 2010 en el asunto F-2/10, Marcuccio/Comisión

(Asunto T-594/10 P)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Recurrente: Luigi Marcuccio (Tricase, Italia) (representante: G. Cipressa, abogado)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

En cualquier caso, que se anule en su totalidad y sin excepción alguna el auto recurrido.

Que se declare que el recurso en primera instancia en relación con el cual se dictó el auto recurrido era plenamente admisible.

Con carácter principal, que se estime en su totalidad y sin excepción alguna el petitum del recurrente contenido en el recurso interpuesto en primera instancia.

Que se condene a la recurrida a reembolsar al recurrente todas las costas, derechos y honorarios soportados por este último en ambas instancias en relación con el presente asunto.

Con carácter subsidiario, que se devuelva el presente asunto al Tribunal de la Función Pública para que éste, con una composición diferente, se pronuncie de nuevo sobre el fondo.

Motivos y principales alegaciones

El presente recurso de casación se dirige contra el auto del Tribunal de la Función Pública de 6 de octubre de 2010. En dicho auto se declaró en parte manifiestamente inadmisible y en parte infundado un recurso que tenía por objeto la decisión de la recurrida por la que desestimaba la petición de recurrente de que se le reembolsaran al 100 % los gastos médicos asociados a la enfermedad que padece.

En apoyo de su recurso, el recurrente alega la ilegitimidad de las consideraciones relativas al objeto del recurso y a su admisibilidad.

Asimismo, el recurrente alega la interpretación y la aplicación erróneas e irracionales de los artículos 90 y 91 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea y 94 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de la Función Pública; la absoluta falta de motivación y la falta de pronunciamiento sobre una demanda del recurrente.

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