Language of document : ECLI:EU:T:2013:92





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 21 de febrero de 2013 — Laboratoire Bioderma/OAMI — Cabinet Continental (BIODERMA)

(Asunto T‑427/11)

«Marca comunitaria — Procedimiento de nulidad — Marca comunitaria denominativa BIODERMA — Inexistencia de violación del derecho de defensa — Articulo 75 del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Motivos de denegación absolutos — Carácter descriptivo — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento nº 207/2009»

1.                     Marca comunitaria — Normas de procedimiento — Resoluciones de la Oficina — Respeto del derecho de defensa — Alcance del principio [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 75] (véase el apartado 17)

2.                     Marca comunitaria — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta — Registro contrario al artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Marca denominativa BIODERMA [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, arts. 7, ap. 1, letras b) y c), y 52, ap. 1, letra a)] (véanse los apartados 38 a 40, 42 a 55 y 62 a 64)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 28 de febrero de 2011 (asunto R 861/2009‑1) relativa a un procedimiento de nulidad entre Cabinet Continental y Laboratoire Bioderma.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 28 de febrero de 2011 (asunto R 861/2009‑1), en lo que respecta a los productos dietéticos para uso médico de la clase 5.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Laboratoire Bioderma cargará con sus propias costas y con la mitad de las costas de la OAMI y de Cabinet Continental.

4)

La OAMI y Cabinet Continental cargarán con la mitad de sus costas.