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Recurso interpuesto el 20 de marzo de 2008 - Okalux /OAMI - Ondex (ONDACELL)

(Asunto T-126/08)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán

Partes

Demandante: Okalux GmbH (Marktheidenfeld, Alemania) (representante: M. Beckensträter, abogada)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Ondex S.A.S.

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de 22 de enero de 2008, notificada el 24 de enero de 2008, y que se declare que la oposición de 29 de agosto de 2006 fue presentada legítimamente.

Que se condene a la demandada al pago de las costas reembolsables, incluidas las del litigio principal y las correspondientes a la otra parte en el procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: Ondex S.A.S.

Marca comunitaria solicitada: Marca "ONDACELL" para productos y servicios de las clases 6, 17 y 19 (solicitud nº 4.755.971).

Titular de la marca o del signo invocados en oposición: La demandante.

Resolución de la División de Oposición: Se considera no presentada la oposición.

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.

Motivos invocados: Infracción de los artículos 5 y 8 del Reglamento (CE) nº 2869/95, 1 así como de la resolución nº EX-96-1 2 y de la Comunicación nº 5/96. 3

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1 - Reglamento (CE) nº 2869/95 de la Comisión, de 13 de diciembre de 1995, relativo a las tasas que se han de abonar a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Diseños y Modelos) (DO L 303, p. 33).

2 - Resolución nº EX-96-1 del Presidente de la Oficina, de 11 de enero de 1996, relativa a las modalidades de apertura de cuentas corrientes en la Oficina (DO OAMI 1996, 48).

3 - Comunicación nº 5/96 del Presidente de la Oficina, de 8 de agosto de 1996, relativa a las cuentas corrientes (DO OAMI 1996, 1460).