Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 18 de noviembre de 2013 —
Preparados Alimenticios/OAMI — Rila Feinkost-Importe (Jambo Afrika)
(Asunto T‑377/10)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa Jambo Afrika — Marcas comunitarias figurativas anteriores JUMBO, JUMBO CUBE, JUMBO MARINADE, JUMBO NOKKOS, JUMBO ROF, JUMBO CHORBA MOUTON-MUTTON, JUMBO Aroma All purpose seasoning Condiment — Marcas nacionales figurativas anteriores JUMBO — Marca denominativa anterior no registrada JUMBO — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Procedimiento de recurso — Recurso ante el órgano jurisdiccional de la Unión — Competencia del Tribunal General — Nuevo examen de los hechos a la luz de pruebas presentadas por primera vez ante él — Exclusión [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 65] (véase el apartado 18)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Criterios [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 24, 25 y 59)
3. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca denominativa JAMBO AFRIKA y marcas figurativas JUMBO, JUMBO CUBE, JUMBO MARINADE, JUMBO NOKKOS, JUMBO ROF, JUMBO CHORBA MOUTON-MUTTON y JUMBO Aroma All purpose seasoning Condiment [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 33 a 35 y 60 a 62)
4. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Carácter distintivo elevado de la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 64 y 65)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 9 de junio de 2010 (asunto R 1144/2009-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Preparados Alimenticios, S.A., y Rila Feinkost-Importe GmbH & Co. KG. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a Preparados Alimenticios, S.A. |