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Comunicación al DO

 

     SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

     de 5 de agosto de 2003

en los asuntos acumulados T-116/01 y T-118/01: P & O European Ferries (Vizcaya), SA y Diputación Foral de Vizcaya contra Comisión de las Comunidades Europeas(1)

    ("Ayudas de Estado ( Recurso de anulación ( Decisión por la que se archiva un procedimiento de examen incoado en virtud del artículo 88, apartado 2, del Tratado CE ( Concepto de ayuda de Estado ( Compra de

servicios por el Estado a precio de mercado ( Ayudas de carácter social otorgadas sin discriminaciones basadas en el origen de los productos ( Falta de requerimiento al Estado miembro para que comunique la información necesaria ( Obligación de devolver las ayudas ( Confianza legítima de los beneficiarios ( Motivación")

    (Lengua de procedimiento: español e inglés)

En los asuntos acumulados T-116/01 y T-118/01, P & O European Ferries (Vizcaya), S.A., anteriormente Ferries Golfo de Vizcaya, S.A., con domicilio social en Bilbao, representada por Sir Jeremy Lever, QC, y los Sres. D. Beard, Barrister, J. Ellison, Solicitor, y J. Folguera Crespo, abogado, parte demandante en el asunto T-116/01 y parte coadyuvante en el asunto T-118/01 en apoyo de las pretensiones de la Diputación Foral de Vizcaya, Diputación Foral de Vizcaya, representada por la Sra. M. Morales Isasi y el Sr. I. Sáenz-Cortabarría Fernández, abogados, parte demandante en el asunto T-118/01 y parte coadyuvante en el asunto T-116/01 en apoyo de las pretensiones de P & O European Ferries (Vizcaya), S.A., contra Comisión de las Comunidades Europeas (agente: Sr. J. Flett), que tienen por objeto un recurso de anulación contra la Decisión 2001/247/CE de la Comisión, de 29 de noviembre de 2000, relativa al régimen de ayudas ejecutado por España en favor de la compañía marítima Ferries Golfo de Vizcaya (DO 2001, L 89, p. 28), el Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera ampliada), integrado por los Sres. B. Vesterdorf, Presidente, K. Lenaerts, J. Azizi, M. Jaeger y H. Legal, Jueces; Secretario: Sr. J. Palacio González, administrador principal, ha dictado el 5 de agosto de 2003 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)Desestimar los recursos.

2)En cada uno de los asuntos, la parte demandante cargará con sus propias costas y con las de la Comisión.

3)Las partes coadyuvantes cargarán con sus propias costas.

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1 - )DO C 212 de 28.7.2001 y C 227 de 11.8.2001.