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Sentencia del Tribunal General de 16 de octubre de 2014 — Larrañaga Otaño/OAMI (GRAPHENE)

(Asunto T-459/13) 1

[«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa GRAPHENE — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 207/2009»]

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandantes: Joseba Larrañaga Otaño (San Sebastián, Guipúzcoa) y Mikel Larrañaga Otaño (San Sebastián) (representante: F. Bueno Salamero, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: Ó. Móndejar Ortuño, agente)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 12 de junio de 2013 (asunto R 210/2013-2), relativa a una solicitud de registro del signo denominativo GRAPHENE como marca comunitaria.

Fallo

Desestimar el recurso.

Condenar en costas a Joseba Larrañaga Otaño y a Mikel Larrañaga Otaño.

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1     DO C 313, de 26.10.2013.