Auto del Tribunal General (Sala Tercera) de 11 de enero de 2012 —
Ben Ali/Consejo
(Asunto T‑301/11)
«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Túnez — Recurso de anulación — Plazo para recurrir — Extemporaneidad — Inexistencia de fuerza mayor — Inexistencia de error excusable — Pretensión de reforma del acto impugnado — Pretensión de indemnización — Inadmisibilidad manifiesta»
1. Recurso de anulación — Plazos — Carácter de orden público — Examen de oficio por el juez de la Unión (Art. 263 TFUE, párr. 6; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 102, aps. 1 y 2) (véanse los apartados 15 y 16)
2. Recurso de anulación — Plazos — Inicio del cómputo — Reglamento relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez — Fecha de comunicación de los motivos en los que se fundamenta el pago a dichas personas, entidades u organismos [Art. 263 TFUE, párr. 6; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 102, aps. 1 y 2; Reglamento (UE) nº 101/2011 del Consejo] (véanse los apartados 17 a 20)
3. Procedimiento — Plazo para recurrir — Caducidad de la acción — Error excusable — Concepto — Caso fortuito o de fuerza mayor — Concepto (Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 45, párr. 2) (véanse los apartados 29 y 32)
4. Recurso de anulación — Competencia del juez de la Unión — Reglamento relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez — Competencia para sustituir el acto controvertido por otro acto o para reformarlos — Inexistencia — Pretensión de que se desbloqueen o se pongan a disposición determinados fondos o recursos económicos congelados — Inadmisibilidad [Arts. 261 TFUE y 264 TFUE, párr. 1; Reglamento (UE) nº 101/2011 del Consejo] (véase el apartado 62)
5. Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados — Demanda que tiene por objeto la reparación del perjuicios causados por una institución de la Unión — Falta de mención del perjuicio sufrido — Inadmisibilidad [Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 19; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, aps. 1, letra c), y 6] (véanse los apartados 69 a 72 y 76)
6. Procedimiento — Intervención forzosa — Improcedencia (Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 40; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts. 24, ap. 6, 115 y 116) (véanse los apartados 79 y 80)
Objeto
| Por un lado, que se anule el Reglamento (UE) nº 101/2011 del Consejo, de 4 de febrero de 2011, relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez (DO L 31, p. 1), en la medida en que se refiere al demandante y, por otro lado, petición de que se condene al Consejo a adoptar determinadas excepciones a la congelación de fondos impuesta por el mencionado Reglamento así como una pretensión de que se repare el perjuicio supuestamente sufrido por el demandante. |
Fallo
2) | | El Sr. Mehdi Ben Tijani Ben Haj Hamda Ben Haj Hassen Ben Ali cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea. |
3) | | No procede pronunciarse sobre la demanda de intervención de la Comisión Europea. |