Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 10 de marzo de 2016 — Buzzi Unicem/Comisión
(Asunto C‑267/14 P) (1)
«Recurso de casación — Competencia — Mercado del “cemento y productos relacionados” — Procedimiento administrativo — Reglamento (CE) n.º 1/2003 — Artículo 18, apartados 1 y 3 — Decisión de requerimiento de información — Motivación — Precisión del requerimiento»
1. Recurso de casación — Motivos — Motivación insuficiente o contradictoria — Admisibilidad (Art. 256 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véase el apartado 16)
2. Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Apreciación de la obligación de motivación en función de las circunstancias del asunto — Necesidad de especificar todas las circunstancias de hecho y de Derecho pertinentes — Inexistencia (Art. 296 TFUE) (véase el apartado 17)
3. Competencia — Procedimiento administrativo — Requerimiento de información — Obligación de motivación — Alcance [Art. 296 TFUE, párr. 2; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 18, ap. 3] (véanse los apartados 18, 20 a 22, 25 y 38 a 40)
Fallo
1) | | Anular la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 14 de marzo de 2014, Buzzi Unicem/Comisión (T‑297/11, EU:T:2014:122). |
2) | | Anular la Decisión C(2011) 2356 final de la Comisión de 30 de marzo de 2011, relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 18, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo (asunto 39520 — Cemento y productos relacionados). |
3) | | Condenar a la Comisión Europea a cargar con sus propias costas y con las de Buzzi Unicem SpA en el procedimiento de primera instancia en el asunto T‑297/11 y en el procedimiento de casación. |