Language of document : ECLI:EU:T:2018:90

Asunto T‑731/15

(Publicación por extractos)

Sergiy Klyuyev

contra

Consejo de la Unión Europea

«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Congelación de fondos — Lista de las personas, entidades y organismos a los que se aplica la congelación de fondos y recursos económicos — Mantenimiento del nombre del demandante en la lista — Obligación de motivación — Base jurídica — Base fáctica — Error manifiesto de apreciación — Derecho de defensa — Derecho de propiedad — Derecho al honor — Proporcionalidad — Protección de los derechos fundamentales equivalente a la garantizada en la Unión — Excepción de ilegalidad»

Sumario — Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 21 de febrero de 2018

1.      Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Inmovilización de fondos de personas responsables de apropiación indebida de fondos públicos del Estado ucraniano — Decisión que se inscribe en un contexto conocido por el interesado, que le permite comprender el alcance de la medida adoptada respecto a él — Procedencia de una motivación sucinta — Límites — Motivación que no puede consistir en una redacción general y estereotipada

[Art. 296 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 41, ap. 2, letra c); Decisiones del Consejo (PESC) 2015/1781 y 2016/318; Reglamentos de Ejecución del Consejo (UE) 2015/1777 y 2016/311]

2.      Recurso de anulación — Motivos — Falta de motivación o motivación insuficiente — Motivo distinto del que impugna la legalidad en cuanto al fondo

3.      Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Inmovilización de fondos de personas responsables de apropiación indebida de fondos públicos del Estado ucraniano — Apropiación indebida de fondos públicos — Concepto — Hechos de apropiación indebida de fondos o activos públicos que puedan menoscabar los fundamentos institucionales y jurídicos de Ucrania y el respeto del Estado de Derecho en ese país

[Decisión 2014/119/PESC del Consejo, art. 1, ap. 1, letra a), en su versión modificada por la Decisión 2015/143/PESC; Reglamento (UE) n.º 208/2014 del Consejo, art. 3, ap. 1, en su versión modificada por el Reglamento (UE) 2015/138]

4.      Derecho de la Unión Europea — Valores y objetivos de la Unión — Valores — Respeto del Estado de Derecho — Estado de Derecho — Concepto

(Arts. 2 TUE y 49 TUE)

5.      Unión Europea — Control jurisdiccional de la legalidad de los actos de las instituciones — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Alcance del control — Prueba de la procedencia de la medida — Obligación del Consejo de verificar sistemáticamente las pruebas aportadas por las autoridades de un país tercero — Inexistencia

[Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47; Decisiones del Consejo (PESC) 2015/1781, 2016/318 y 2017/381; Reglamentos de Ejecución del Consejo (UE) 2015/1777, 2016/311 y 2017/374]

6.      Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Inmovilización de fondos de personas responsables de apropiación indebida de fondos públicos del Estado ucraniano — Naturaleza de dichas medidas — Medidas meramente cautelares — Carácter no penal

[Decisiones del Consejo (PESC) 2015/1781 y 2016/318; Reglamentos de Ejecución del Consejo (UE) 2015/1777 y 2016/311]

7.      Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Inmovilización de fondos de personas responsables de apropiación indebida de fondos públicos del Estado ucraniano — Supeditación de la adopción de medidas restrictivas a que se dicte condena penal — Inexistencia

[Decisión 2014/119/PESC del Consejo, art. 1, ap. 1, letra a), en su versión modificada por la Decisión 2015/143/PESC; Reglamento (UE) n.º 208/2014 del Consejo, art. 3, ap. 1, en su versión modificada por el Reglamento (UE) 2015/138]

8.      Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Inmovilización de fondos de personas responsables de apropiación indebida de fondos públicos del Estado ucraniano — Apreciación de la legalidad en función de la información disponible al adoptarse la decisión

9.      Derechos fundamentales — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Obligación de comunicar las razones individuales y específicas que justifican las decisiones adoptadas — Obligación de comunicar las pruebas inculpatorias — Alcance

[Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 41, ap. 2, y 47; Decisiones del Consejo (PESC) 2015/1781 y 2016/318; Reglamentos de Ejecución del Consejo (UE) 2015/1777 y 2016/311]

10.    Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Inmovilización de fondos de personas responsables de apropiación indebida de fondos públicos del Estado ucraniano — Vulneración del derecho de propiedad y del derecho al honor — Inexistencia

[Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 17, ap. 1; Decisiones del Consejo (PESC) 2015/1781 y 2016/318; Reglamentos de Ejecución del Consejo (UE) 2015/1777 y 2016/311]

1.      Véase el texto de la resolución.

(véanse los apartados 58 a 60)

2.      Véase el texto de la resolución.

(véase el apartado 61)

3.      Véase el texto de la resolución.

(véanse los apartados 74, 78 a 80, 83 y 233)

4.      Véase el texto de la resolución.

(véanse los apartados 75 a 77)

5.      Véase el texto de la resolución.

(véanse los apartados 100 a 104, 109 a 113, 121, 254 y 255)

6.      Véase el texto de la resolución.

(véanse los apartados 107 y 108)

7.      Véase el texto de la resolución.

(véase el apartado 120)

8.      Véase el texto de la resolución.

(véase el apartado 125)

9.      Véase el texto de la resolución.

(véanse los apartados 152 a 154)

10.    Véase el texto de la resolución.

(véanse los apartados 174 a 190)