Language of document : ECLI:EU:T:2018:781


 


 



Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 15 de noviembre de 2018 — Sigma Alimentos Exterior/Comisión

(Asunto T239/11)

«Ayudas de Estado — Disposiciones relativas al impuesto sobre sociedades que permiten a las empresas con domicilio fiscal en España amortizar el fondo de comercio resultante de adquisiciones de participaciones en empresas con domicilio fiscal en el extranjero — Decisión por la que se declara esta ayuda incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación — Concepto de ayuda de Estado — Carácter selectivo — Sistema de referencia — Excepción — Diferencia de trato — Justificación de la diferencia de trato»

1.      Procedimiento judicial — Examen del fondo previo al examen de la admisibilidad — Procedencia

(véanse los apartados 26 y 27)

2.      Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Medida que confiere una ventaja fiscal — Marco de referencia para determinar la existencia de una ventaja — Delimitación material — Criterios — Existencia de un vínculo entre el objeto de la medida en cuestión y el del marco de referencia — Carácter comparable de las situaciones a las que se aplica la medida en cuestión y de las situaciones a las que se aplica el marco de referencia

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véanse los apartados 47, 48 y 82 a 93)

3.      Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Medida que confiere una ventaja fiscal — Medida de carácter general aplicable indistintamente a todos los operadores económicos — Medida no aplicable a operaciones comparables a aquellas a las que se supedita su concesión — Medida que puede calificarse como selectiva

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véase el apartado 69)

4.      Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Medida que confiere una ventaja fiscal — Marco de referencia para determinar la existencia de una ventaja — Delimitación material — Medida que constituye su propio marco de referencia — Requisitos — Régimen tributario claramente delimitado, que persigue objetivos específicos — Inexistencia — Carácter sistemático y general de la medida

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véanse los apartados 113 a 117)

5.      Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Excepción al sistema tributario general — Diferenciación entre empresas que se hallan en una situación fáctica y jurídica comparable — Criterios de apreciación — Comparación a la luz del objetivo perseguido por el régimen tributario común en su conjunto

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véanse los apartados 128 a 134)

6.      Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Excepción al sistema tributario general — Justificación basada en la naturaleza y en la estructura del sistema — Criterios de apreciación — Medida tendente a la consecución de un objetivo referido a mecanismos inherentes del sistema fiscal general — Carácter apropiado

[Art. 107 TFUE, ap. 1; Reglamento (CE) n.º 659/1999 del Consejo]

(véanse los apartados 135 a 145, 157, 165 y 166)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE y por el que se solicita la anulación del artículo 1, apartado 1, y del artículo 4 de la Decisión 2011/282/UE de la Comisión, de 12 de enero de 2011, relativa a la amortización fiscal del fondo de comercio financiero para la adquisición de participaciones extranjeras C 45/07 (ex NN 51/07, ex CP 9/07) aplicada por España (DO 2011, L 135, p. 1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Sigma Alimentos Exterior, S.L., cargará con sus propias costas y, además, con las de la Comisión Europea.