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Recurso interpuesto el 15 de enero de 2007 - República Federal de Alemania/Comisión

(Asunto T-15/07)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: República Federal de Alemania (representantes: M. Lumma y C. Schulze-Bahr, asistidos por C. von Donat, abogado)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la Decisión C(2006) 5164 final de la Comisión, de 3 de noviembre de 2006, por la que se reduce la ayuda financiera del FEDER concedida mediante Decisión nº C(95) 1739 de la Comisión de 27 de julio de 1995 para el programa operativo de Renania del Norte-Westfalia en el ámbito de la iniciativa comunitaria RECHAR II (FEDER nº 94.02.10.041/ARINCO nº 94.DE.16.056).

Que se condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

Mediante la Decisión impugnada, la Comisión redujo la ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) al programa operativo de Renania del Norte-Westfalia en el ámbito de la iniciativa comunitaria RECHAR II.

Para fundamentar su recurso la demandante alega, que la Decisión impugnada vulnera la decisión de autorización C(95) 1739 de la Comisión, de 27 de julio de 1995.

Además, invoca la infracción del artículo 24, apartado 2, del Reglamento nº 4253/88, 1 puesto que, en su opinión, no concurren los requisitos para una reducción. En particular, sostiene al respecto que las desviaciones del plan de financiación indicativo no constituyen ninguna modificación importante del programa.

Para el caso de que se produjese una modificación importante del programa, la demandante invoca que la Comisión dio su consentimiento previo para una aplicación flexible del plan de financiación indicativo en sus "Orientaciones para el cierre financiero de las medidas operacionales (1994-999) de los Fondos Estructurales" [SEC(1999) 1316].

Suponiendo que se reuniesen los requisitos de una reducción, la demandante critica que la demandada no haya hecho uso de la facultad de apreciación de que dispone respecto al programa concreto de que se trata. A juicio de la demandante, la Comisión debió ponderar, si una reducción de la ayuda financiera del FEDER resultaba proporcionada.

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1 - Reglamento (CEE) nº 4253/88 del Consejo de 19 de diciembre de 1988 por el que se aprueban disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) nº 2052/88, en lo relativo, por una parte, a la coordinación de las intervenciones de los Fondos estructurales y, por otra, de éstas con las del Banco Europeo de Inversiones y con las de los demás instrumentos financieros existentes (DO L 374, de 31.12.1988, p. 1).