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Recurso interpuesto el 10 de octubre de 2011 - Schenker/Comisión

(Asunto T-534/11)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Schenker AG (Essen, Alemania) (representantes: C. von Hammerstein, B. Beckmann y C. Munding, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare nula la Decisión de 3 de agosto de 2011 de la demandada que se impugna [SG.B/MKu/psi-Ares (2011)].

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca fundamentalmente cuatro motivos.

Primer motivo, basado en la falta de un examen concreto e individualizado de los documentos

En primer lugar, la Comisión no ha efectuado un examen concreto e individualizado de los documentos mencionados en la solicitud de acceso. A juicio de la demandante, la Comisión no debería haberse basado en una presunción general de que concurren los motivos de denegación. Con ello ha ignorado los principios relativos al acceso a los documentos desarrollados en la jurisprudencia y la importancia del derecho fundamental de acceso a los documentos con arreglo al artículo 42 de la Carta de los Derechos Fundamentales.

Segundo motivo, basado en la existencia de errores evidentes en la aplicación de las excepciones previstas en el Reglamento (CE) nº 1049/2001 

En segundo lugar, la Comisión ha incurrido en errores evidentes al aplicar las excepciones previstas en el Reglamento nº 1049/2001. Al realizar una aplicación demasiado extensiva de las excepciones, la Comisión ha ignorado los principios relativos al acceso a los documentos desarrollados en la jurisprudencia y la importancia del derecho fundamental de acceso a los documentos conforme al artículo 42 de la Carta de los Derechos Fundamentales. A la luz de los derechos fundamentales, así como del principio de transparencia y del principio del Estado de Derecho, ha de concederse a la demandante un acceso a los documentos lo más amplio posible.

Tercer motivo, basado en la vulneración del principio de proporcionalidad

En tercer término, la Comisión ha vulnerado el principio de proporcionalidad al no haber ponderado con el interés público a la difusión de los documentos solicitados las excepciones que ella -indebidamente- ha estimado y, en cualquier caso, al no haberlo hecho adecuadamente. Por tanto, la Comisión ha ignorado que el interés público en la difusión de los documentos prevalece claramente sobre los posibles intereses en mantenerlos en secreto.

Cuarto motivo, basado en la infracción del artículo 42 de la Carta de los Derechos Fundamentales

En cuarto lugar, la Comisión ha ignorado que la demandante tiene en todo caso un derecho -garantizado conforme al artículo 42 de la Carta de los Derechos Fundamentales- a acceder, al menos parcialmente, a los documentos solicitados. La Comisión priva al derecho de acceso a los documentos, protegido como derecho fundamental, y al Reglamento nº 1049/2001 de eficacia práctica, al denegar, en bloque y completamente, el acceso.

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1 - Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión.