Language of document : ECLI:EU:T:2016:491





Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 15 de septiembre de 2016 — Trinity Haircare/EUIPO — Advance Magazine Publishers (VOGUE)

(Asunto T‑453/15)

«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión VOGUE — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter descriptivo — Carácter distintivo — Artículo 52, apartado 1, letra a), puesto en relación con el artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) n.º 207/2009 — Mala fe — Artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento n.º 207/2009»

1.                     Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Concepto [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 17)

2.                     Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Apreciación del carácter descriptivo de un signo — Criterios [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 18 y 19)

3.                     Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta — Registro contrario al artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) n.º 207/2009 — Marca figurativa VOGUE [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letras b) y c)] (véanse los apartados 21, 24 y 35)

4.                     Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Apreciación del carácter registrable de un signo — Consideración exclusiva de la normativa de la Unión — Decisiones adoptadas por las autoridades nacionales que no vinculan a los órganos de la Unión [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo] (véase el apartado 26)

5.                     Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Concepto — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 29 a 31)

6.                     Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta — Mala fe del solicitante al presentar la solicitud de marca — Criterios de apreciación — Consideración de todos los factores pertinentes existentes en el momento de presentarse la solicitud de registro — Conocimiento por el solicitante de la utilización de un signo idéntico o similar por parte de un tercero — Intención del solicitante — Grado de protección jurídica de los signos que se trate — Lógica comercial en que se basa el registro del signo controvertido como marca de la Unión [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 52, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 39 y 45)

7.                     Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta — Mala fe del solicitante al presentar la solicitud de marca — Marca figurativa VOGUE [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 52, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 44)

8.                     Marca de la Unión Europea — Normas de procedimiento — Examen de oficio de los hechos — Procedimiento de nulidad sobre motivos de denegación absolutos — Examen limitado a los motivos invocados [Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, arts. 7, ap. 1, 52, 55 y 76, ap. 1] (véase el apartado 48)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 27 de mayo de 2015 (asunto R 2426/2014‑4) relativa a un procedimiento de nulidad entre Advance Magazine Publishers y Trinity Haircare.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a Trinity Haircare AG a cargar con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y Advance Magazine Publishers, Inc.