Recurso interpuesto el 23 de enero de 2012 - Pips/OAMI - s.Oliver Bernd Freier (ISABELLA OLIVER)
(Asunto T-38/12)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Pips BV (Ámsterdam) (representante: J.A.K. van den Berg, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: s.Oliver Bernd Freier GmbH & Co. KG (Rottendorf, Alemania)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 20 de octubre de 2011, en el asunto R 2420/2010-1.
Estime la solicitud de marca comunitaria nº 7024961 de la marca denominativa "ISABELLA OLIVER" para todos los productos y servicios sometidos al procedimiento ante la Primera Sala de Recurso.
Condene en costas a la demandada.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: La demandante
Marca comunitaria solicitada: La marca denominativa "ISABELLA OLIVER" para productos y servicios de las clases 3, 4, 12, 14, 16, 18, 20, 21, 24 y 25 - Solicitud de marca comunitaria nº 7024961
Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca o signo invocado: Solicitud de marca comunitaria nº 6819908 de la marca denominativa "S.Oliver" para productos de las clases 4, 16, 20, 21 y 24; registro de marca comunitaria nº 4504569 de la marca figurativa "s.Oliver" para productos y servicios de las clases 3, 6, 9, 14, 18, 20, 25, 28 y 35; registro de marca alemana nº 30734710.9 de la marca denominativa "S.Oliver" para productos de las clases 10, 12 y 21; registro de marca comunitaria nº 181875 de la marca denominativa "S.Oliver" para productos de las clases 3, 6, 9, 14, 18, 20, 25 y 26; registro de marca internacional nº 959255 de la marca denominativa "S.Oliver" para productos de las clases 10, 12 y 21
Resolución de la División de Oposición: Desestimación parcial de la solicitud de marca comunitaria
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Vulneración del artículo 76 del Reglamento nº 207/2009 del Consejo, dado que la Sala de Recurso: i) apreció la similitud de las marcas basándose en hechos/circunstancias no aportados por las partes, por lo que es errónea la conclusión relativa a la similitud de los signos; e ii) aplicó incorrectamente los principios formulados por el TJUE en relación con la apreciación global del riesgo de confusión.
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