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Petición de decisión prejudicial planteada por el Nederlandse Raad van State el 17 de octubre de 2007 - M. y N. Elgafaji y el Staatssecretaris van Justitie

(Asunto C-465/07)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Nederlandse Raad van State

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: M. y N. Elgafaji y el Staatssecretaris van Justitie

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse el artículo 15, letra c), de la Directiva 2004/83/CE, 1 por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida Directiva, en el sentido de que dicha disposición concede protección únicamente en una situación a la que también se refiere el artículo 3 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, tal como ha sido interpretado por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos o, por el contrario, aquella disposición proporciona una protección complementaria y adicional a la del artículo 3 del Convenio, o de otro tipo?

En el caso de que la protección proporcionada por el artículo 15, letra c), de la Directiva sea complementaria y adicional a la del artículo 3 del Convenio, o de otro tipo, ¿qué criterios han de aplicarse para determinar si una persona que alega poder acogerse al estatuto de protección subsidiaria corre el riesgo real de sufrir amenazas graves e individuales motivadas por una violencia indiscriminada, en el sentido del artículo 15, letra c), en relación con el artículo 2, letra e), de la Directiva?

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1 - DO L 304, p. 12.