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Sentencia del Tribunal General de 15 de julio de 2015 — Socitrel/Comisión

(Asuntos T-413/10 y T-414/10) 1

(«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado europeo del acero para pretensado — Fijación de precios, reparto del mercado e intercambio de información comercial sensible — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE — Cooperación durante el procedimiento administrativo — Directrices para el cálculo de las multas de 2006 — Plazo razonable»)

Lengua de procedimiento: portugués

Partes

Demandantes: Socitrel — Sociedade Industrial de Trefilaria, S.A. (Trofa, Portugal) (representantes: F. Proença de Carvalho y T. Faria, abogados) (asunto T-413/10) y Companhia Previdente — Sociedade de Controle de Participações Financeiras S.A. (Lisboa, Portugal) (representantes: D. Proença de Carvalho y J. Caimoto Duarte, abogados) (asunto T-414/10)

Demandada: Comisión Europea (representantes: F. Castillo de la Torre, P. Costa de Oliveira y V. Bottka, agentes, asistidos por M. Marques Mendes, abogado)

Objeto

Recurso de anulación y de modificación de la Decisión C(2010) 4387 final de la Comisión, de 30 de junio de 2010, relativa a un procedimiento conforme al artículo 101 TFUE y al artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/38.344 — Acero para pretensado), modificada por la Decisión C(2010) 6676 final de la Comisión, de 30 de septiembre de 2010, y por la Decisión C(2011) 2269 final de la Comisión, de 4 de abril de 2011.

Fallo

Acumular a efectos de la sentencia los asuntos T-413/10 y T-414/10.

Desestimar los recursos.

Socitrel — Sociedade Industrial de Trefilaria, S.A. y Companhia Previdente — Sociedade de Controle de Participações Financeiras, S.A., cargarán, además de con sus propias costas, con aquellas en que haya incurrido la Comisión Europea, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales.

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1 DO C 317, de 20.11.2010.