Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 13 de junio de 2012 —
Insula/Comisión
(Asunto T‑246/09)
«Cláusula compromisoria — Contratos de financiación de proyectos de investigación y de desarrollo — Contratos MEDIS y Dias.Net — Falta de justificantes y falta de conformidad de una parte de los gastos declarados con las estipulaciones contractuales — Retención de un importe destinado a la otra parte contratante — Devolución de las cantidades abonadas — Inadmisibilidad parcial del recurso — Reconvención de la Comisión — Sobreseimiento parcial relativo a la reconvención»
1. Procedimiento judicial — Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria — Contrato que prevé una ayuda financiera comunitaria para una actividad de investigación y desarrollo — Solicitud de reembolso de determinados gastos — Pretensión de indemnización de daños y perjuicios — Reconvención que incluye la reclamación de intereses de demora — Aplicación del Derecho nacional — Constatación del incumplimiento de obligaciones contractuales — Derecho de la Comisión a exigir la devolución del anticipo, incrementado con los intereses de demora al tipo aplicado por el Banco Central Europeo (Art. 238 CE) (véanse los apartados 87, 124, 213 a 216 y 288)
2. Procedimiento judicial — Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria — Contrato regido por el Derecho nacional — Aplicación de disposiciones nacionales en materia de competencia judicial — Exclusión (Art. 238 CE) (véase el apartado 88)
3. Procedimiento judicial — Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria — Recurso que cuestiona el fundamento del crédito de una institución frente a otra parte contratante — Decisión adoptada por dicha institución para el cobro del crédito — Decisión que constituye un título ejecutivo — Determinación de la naturaleza jurídica de dicha decisión por el Tratado CE — Acto impugnable con arreglo al artículo 230 CE [Arts. 230 CE, 238 CE y 256 CE; Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, art. 72, ap. 2] (véanse los apartados 93 a 96)
4. Procedimiento judicial — Objeto del litigio — Modificación en el curso del proceso — Modificación de las pretensiones del recurso a raíz de la adopción de una decisión por la institución demandada — Modificación que afecta a la naturaleza del recurso — Prohibición (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 48, ap. 2) (véanse los apartados 100 a 104)
5. Procedimiento judicial — Sometimiento del asunto al Tribunal General en virtud de una cláusula compromisoria — Recurso que cuestiona el fundamento del crédito de una institución frente a otra parte contratante — Reconvención formulada para la recuperación del crédito — Adopción durante el procedimiento de una decisión de dicha institución para el cobro del crédito — Interés del demandante y de la demandada en mantener sus pretensiones (Art. 238 CE) (véanse los apartados 113 a 116 y 294 a 302)
6. Procedimiento judicial — Presentación de pruebas — Plazo — Presentación extemporánea de la proposición de prueba — Requisitos (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 48, ap. 1) (véase el apartado 143)
7. Procedimiento judicial — Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso — Requisitos — Ampliación de un motivo ya invocado y existencia de un estrecho vínculo con éste [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts. 44, ap. 1, letra c), y 48, ap. 2] (véase el apartado 199)
8. Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados — Demanda que tiene por objeto la reparación de perjuicios causados por una institución comunitaria — Demanda que tiene por objeto la obtención de una indemnización y que no aporta ninguna precisión a este respecto — Inadmisibilidad [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 221, 262 y 270)
Objeto
| Pretensión de que, por un lado, se declare infundado un crédito de la Comisión de 189.241,64 euros; por otro lado, se condene a la Comisión a emitir una «nota de crédito» por dicho importe y, por último, se condene a la Comisión a pagar una indemnización por daños y perjuicios de 212.597 euros, con carácter principal, y de 230.025 euros, con carácter subsidiario. |
Fallo
1) | | Desestimar el recurso interpuesto por el Conseil scientifique international pour le développement des îles (Insula). |
2) | | Acordar el sobreseimiento de las actuaciones por lo que se refiere a las pretensiones formuladas por la Comisión con carácter reconvencional, por cuanto tienen por objeto la condena de Insula al pago del importe debido, en concepto de principal e intereses, en virtud del contrato Dias.Net. |
3) | | Condenar a Insula a abonar a la Comisión el importe principal de 157.983,11 euros, más los intereses de demora al tipo anual del 2,75 %, a partir del 16 de mayo de 2009 hasta el pago completo de dicho importe principal. |
4) | | Insula cargará con sus propias costas y con las de la Comisión, incluidas las relativas al procedimiento de medidas provisionales. |