Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 11 de julio de 2013 — Think Schuhwerk/OAMI (Zapatos con cordones de punta roja)
(Asunto T‑208/12)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria — Zapatos con cordones de punta roja — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Procedimiento en rebeldía»
1. Marca comunitaria — Normas de procedimiento — Examen de oficio de los hechos — Alcance — Obligación de demostrar la exactitud de hechos notorios — Inexistencia [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 76, ap. 1] (véase el apartado 24)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Apreciación del carácter distintivo — Signo que se confunde con el aspecto del producto designado [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 32 a 34 y 47)
3. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Zapatos con cordones de punta roja [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 35 a 40)
4. Marca comunitaria — Resoluciones de la Oficina — Principio de igualdad de trato — Principio de buena administración — Práctica decisoria anterior de la Oficina (véanse los apartados 55 y 56)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 23 de febrero de 2012 (asunto R 1552/2011-1) relativa a una solicitud de registro de un signo constituido por zapatos con cordones de punta roja como marca comunitaria. |
Fallo
2) | | Condenar a Think Schuhwerk GmbH a pagar sus propias costas. |