Sentencia del Tribunal General de 25 de noviembre de 2014 — UniCredit/OAMI — Union Investment Privatfonds (UNIWEB y UniCredit Wealth Management)
(Asuntos acumulados T-303/06 RENV y T-337/06 RENV) 1
[«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitudes de marcas comunitarias denominativas UNIWEB y UniCredit Wealth Management — Marcas nacionales denominativas anteriores UNIFONDS y UNIRAK y marca nacional figurativa anterior UNIZINS — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Serie o familia de marcas — Riesgo de asociación — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009] — Pretensiones de anulación o revocación formuladas por la parte coadyuvante — Artículo 134, apartado 3, del Reglamento de Procedimiento»]
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: UniCredit SpA, anteriormente UniCredito Italiano SpA (Génova, Italia) (representantes: G. Floridia, R. Floridia y G. Sironi, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: P. Bullock, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI, coadyuvante ante el Tribunal General: Union Investment Privatfonds GmbH (Fráncfort del Meno, Alemania) (representante: J. Zindel, abogado)
Objeto
Recursos interpuestos contra dos resoluciones de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 5 de septiembre de 2006 (asuntos acumulados R 196/2005-2 y R 211/2005-2) y de 25 de septiembre de 2006 (asuntos acumulados R 456/2005-2 y R 502/2005-2), relativas a procedimientos de oposición entre Union Investment Privatfonds GmbH y UniCredito Italiano SpA.
Fallo
Desestimar los recursos.
Desestimar las pretensiones de anulación y de modificación formuladas por Union Investment Privatfonds GmbH.
Condenar a UniCredit SpA a cargar con las costas, a excepción de aquellas en que haya incurrido Union Investment Privatfonds.
Union Investment Privatfonds cargará con sus propias costas.
________________________1 DO C 326 de 30.12.2006.