Language of document : ECLI:EU:T:2010:74





Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 4 de marzo de 2010 — Monoscoop/OAMI (SUDOKU SAMURAI BINGO)

(Asunto T‑564/08)

«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa SUDOKU SAMURAI BINGO — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 207/2009]»

Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 18, 28 y 35)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 30 de septiembre de 2008 (asunto R 816/2008-2) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo SUDOKU SAMURAI BINGO como marca comunitaria.

Datos relativos al asunto

Solicitante de la marca comunitaria:

Monoscoop BV

Marca comunitaria solicitada:

Marca denominativa SUDOKU SAMURAI BINGO para productos y servicios de las clases 9, 28 y 41 — Solicitud nº 5.769.013

Decisión del examinador:

Desestimación de la solicitud

Resolución de la Sala de Recurso:

Desestimación del recurso


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Monoscoop BV.