Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima)
de 29 de enero de 2015 —
Zitro IP/OAMI — Gamepoint (SPIN BINGO)
(Asunto T‑665/13)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria figurativa SPIN BINGO — Marca comunitaria denominativa anterior ZITRO SPIN BINGO — Motivo de denegación relativo — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Denegación del registro cuando exista un motivo de denegación relativo aunque éste se limite a una parte de la Unión [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 17 y 19)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Elementos de una marca que revisten carácter descriptivo — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 29, 30 y 35)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 14 de octubre de 2013 (asunto R 1388/2012-4) relativa a un procedimiento de oposición entre Zitro IP Sàrl y Gamepoint BV. |
Fallo
1) | | Desestimar el recurso de Zitro IP Sàrl. |
2) | | Condenar en costas a Zitro IP. |