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Recurso interpuesto el 1 de agosto de 2006 - Eurostrategies/Comisión

(Asunto T-203/06)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Eurostrategies SPRL (Bruselas, Bélgica) (representante: S. Crosby, Solicitor)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la Decisión de la Comisión de 28 de julio de 2006 por la que se rechaza el acceso a los documentos abajo citados relativos al procedimiento de adjudicación del proyecto EuropeAid/113676/D/SV/PL, denominado "Phare-Asistencia técnica para proyectos en el marco de la Justicia y los Asuntos de Interior, 2003/S 159-145155 (PL0103.08)", financiado por el Programa Operativo Nacional, PL0103-Justicia y Asuntos de Interior 2001:

-    "Informe de evaluación" del organismo responsable de la ejecución, de 7 de enero de 2004.

-    Todos los documentos relativos a la propuesta del organismo responsable de la ejecución de 7 de enero de 2004 para adjudicar el contrato a Eurostrategies.

-    Escrito de 13 de enero de 2004 de la Delegación de la Unión Europea en Varsovia dirigido al organismo responsable de la ejecución.

-    "Informe de evaluación revisado" de 15 de enero de 2004.

-    Acta interna de la Delegación de la Unión Europea en Varsovia enviada el 27 de enero de 2004.

-    Escrito de 27 de enero de 2004 de la Delegación de la Unión Europea dirigido a la entidad adjudicadora.

-    "Informe de negociación" de 10 de febrero de 2004.

-    Escrito de 12 de febrero de 2004 de la Delegación de la Unión Europea dirigido a la entidad adjudicadora.

Que se condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

La demandante solicita, con arreglo a los artículos 230 CE y 231 CE, la anulación de la Decisión de la Comisión Europea de 28 de julio de 2006 que rechaza su solicitud de acceso a determinados documentos conforme al Reglamento (CE) nº 1049/2001 relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión. La demandante alega dos motivos en apoyo de su recurso.

En primer lugar, la demandante sostiene que, al negarse a desclasificar los documentos solicitados sin motivar dicha denegación, la Comisión ha infringido el artículo 8 del Reglamento (CE) nº 1049/2001.

En segundo lugar, la demandante alega que la Decisión impugnada incumple la obligación de motivación establecida en el artículo 235 CE y es, por consiguiente, inválida.

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