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Recurso interpuesto el 25 de noviembre de 2022 — Mazepin/Consejo

(Asunto T-743/22)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Nikita Dmitrievich Mazepin (Moscú, Rusia) (representantes: D. Rovetta, M. Campa, M. Moretto, V. Villante, T. Marembert y A. Bass, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión (PESC) 2022/1530 del Consejo, de 14 de septiembre de 2022, por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania; 1

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1529 del Consejo, de 14 de septiembre de 2022, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania; 1

Anule la decisión de mantener a la propia parte demandante en la lista de las personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/145/PESC 1 del Consejo, en su versión modificada por la Decisión 2022/1530, y en el Reglamento (UE) n.º 269/2014 del Consejo, aplicado por el Reglamento de Ejecución 2022/1529, relativos a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania;

Conjuntamente, en lo sucesivo, «actos impugnados», en la medida en que incluyen a la propia parte demandante en la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos.

Primer motivo, basado en basado en el incumplimiento de la obligación de motivación, en la infracción del artículo 296 TFUE y del artículo 41, apartado 2, letra c), de la Carta de los Derechos Fundamentales, en la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y en la infracción del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales.

Segundo motivo, basado en un error de apreciación.

Tercer motivo, basado en basado en un error manifiesto de apreciación, en la infracción de las normas sobre carga de la prueba y en la infracción de los criterios de inclusión expuestos en los artículos 1, apartado 1, letra e), y 2, apartado 1, letra g), de la Decisión 2014/145 y en el artículo 3, apartado 1, letra g), del Reglamento n.º 269/2014, ambos actos relativos a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Cuarto motivo, basado en la violación del principio de proporcionalidad y la vulneración de los derechos fundamentales de la propia parte demandante, en la vulneración de los derechos fundamentales a la propiedad y a la libertad empresarial de la propia parte demandante y en la infracción de los artículos 16 y 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales.

Quinto motivo, basado en la violación del principio fundamental de no discriminación.

Sexto motivo, basado en vicios sustanciales de forma, en la vulneración del derecho de defensa y en el incumplimiento de reexaminar periódicamente las sanciones que tiene el Consejo.

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1 DO 2022, L 239, p. 149.

1 DO 2022, L 239, p. 1.

1 DO 2014, L 78, p. 16.