Language of document : ECLI:EU:T:2012:640

AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL GENERAL

de 3 de diciembre de 2012

Asunto T‑464/12 P(R)

Luigi Marcuccio

contra

Comisión Europea

«Recurso de casación — Auto dictado en primera instancia en un procedimiento de medidas provisionales que desestima una petición de suspensión de la ejecución de la resolución impugnada — Negativa de la Comisión a reembolsar al recurrente los importes que éste considera que le fueron retenidos injustamente de su indemnización»

Objeto:      Recurso de casación contra el auto del Presidente del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea, de 3 de agosto de 2012, Marcuccio/Comisión (F‑57/12 R), por el que se pide la anulación de dicho auto.

Resultado:      Se desestima el recurso de casación. Se reserva la decisión sobre las costas.

Sumario

1.      Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal General de la apreciación de los hechos y de los elementos de prueba — Exclusión salvo en caso de desnaturalización

(Art. 257 TFUE, párr. 2; Estatuto del Tribunal de Justicia, anexo I, art. 11, ap. 1)

2.      Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable — Carga de la prueba — Perjuicio estrictamente pecuniario

(Arts. 278 TFUE y 279 TFUE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 104, ap. 2)

3.      Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Requisitos de admisibilidad — Decisión controvertida que ha agotado sus efectos en la fecha en que se interpone la demanda de medidas provisionales — Inadmisibilidad

(Art. 278 TFUE)

4.      Procedimiento — Costas — Competencia del juez que conoce de las medidas provisionales para decidir sobre las costas — Carácter excepcional — Demanda de medidas provisionales manifiestamente infundada — Inclusión

[Reglamento de Procedimiento del Tribunal de la Función Pública, arts. 86, 91 y 94, letra a)]

1.      Véase el texto de la resolución.

(véanse los apartados 10 y 17)

Referencia:

Tribunal de Justicia: 19 de julio de 1995, Comisión/Atlantic Container Line y otros [C‑149/95 P(R), Rec. p. I‑2165], apartados 17 y 18; 24 de julio de 2003, Linea GIG/Comisión [C‑233/03 P(R), Rec. p. I‑7911], apartados 34 a 36; 25 de enero de 2007, Sumitomo Metal Industries y Nippon Steel/Comisión (C‑403/04 P y C‑405/04 P, Rec. p. I‑729), apartado 39, y la jurisprudencia citada

Tribunal General: 2 de marzo de 2010, Doktor/Consejo (T‑248/08 P, no publicada en la Recopilación), apartados 39 a 43

2.      Véase el texto de la resolución.

(véanse los apartados 14, 15 y 19)

Referencia:

Tribunal de Justicia: 22 de enero de 1988, Top Hit Holzvertrieb/Comisión (378/87 R, Rec. p. 161), apartado 18; 18 de octubre de 1991, Abertal y otros/Comisión (C‑213/91 R, Rec. p. I‑5109), apartado 18; 11 de abril de 2001, Comisión/Cambridge Healthcare Supplies [C‑471/00 P(R), Rec. p. I‑2865], apartado 113

Tribunal General: 3 de julio de 2000, Carotti/Tribunal de Cuentas (T‑163/00 R, RecFP pp. I‑A‑133 y II‑607), apartado 8; 15 de junio de 2001, Bactria/Comisión (T‑339/00 R, Rec. p. II‑1721), apartado 94; 18 de octubre de 2001, Aristoteleio Panepistimio Thessalonikis/Comisión (T‑196/01 R, Rec. p. II‑3107), apartado 32; 15 de noviembre de 2001, Duales System Deutschland/Comisión (T‑151/01 R, Rec. p. II‑3295), apartado 187; 7 de mayo de 2002, Aden y otros/Consejo y Comisión (T‑306/01 R, Rec. p. II‑2387), apartado 94; 3 de diciembre de 2002, Neue Erba Lautex/Comisión (T‑181/02 R, Rec. p. II‑5081), apartado 82; 25 de abril de 2008, Vakakis/Comisión (T‑41/08 R, no publicado en la Recopilación), apartado 52; 27 de abril de 2010, Parlamento/U [T‑103/10 P(R), no publicado en la Recopilación], apartado 35

3.      Véase el texto de la resolución.

(véase el apartado 16)

Referencia:

Tribunal de la Función Pública: 28 de febrero de 2012, BK/Comisión (F‑140/11 R), apartado 29

4.      Véase el texto de la resolución.

(véanse los apartados 21 a 24)

Referencia:

Tribunal General: 17 de noviembre de 2006, Dairo Air Services/Comisión (T‑283/06 R, no publicado en la Recopilación); 14 de julio de 2008, Hotel Cipriani/Comisión (T‑254/00 R, no publicada en la Recopilación); 18 de octubre de 2010, Marcuccio/Comisión (T‑515/09 P, no publicado en la Recopilación), apartado 59; 12 de abril de 2011, Iberdrola/Comisión (T‑486/10 R, no publicado en la Recopilación), apartado 12; 20 de junio de 2011, Marcuccio/Comisión (T‑256/10 P, no publicado en la Recopilación), apartado 77; 20 de noviembre de 2012, Marcuccio/Comisión (T‑491/11 P), apartado 39