Language of document : ECLI:EU:T:2011:121





Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 24 de marzo de 2011 — Cybergun/OAMI — Umarex Sportwaffen (AK 47)

(Asunto T‑419/09)

«Marca comunitaria — Procedimiento de nulidad — Marca comunitaria denominativa AK 47 — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), y artículo 52, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) nº 207/2009»

1.                     Marca comunitaria — Procedimiento de recurso — Recurso contra una resolución de una unidad de la Oficina que se pronuncia en primera instancia y atribuido a la Sala de Recurso — Continuidad funcional entre estas dos instancias — Examen del recurso por la Sala de Recurso — Alcance [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 64, ap. 1] (véanse los apartados 15 a 18)

1.                     Marca comunitaria — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta — Registro contrario al artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 207/2009 [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, arts. 7, ap. 1, letra c), y 52, ap. 1, letra a)] (véanse los apartados 37 y 42 a 45)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 5 de agosto de 2009 (asunto R 1101/2007‑1) relativa a un procedimiento de nulidad entre Umarex Sportwaffen GmbH & Co. KG y Cybergun SA.

Datos relativos al asunto

Marca comunitaria registrada que ha sido objeto de una solicitud de nulidad:

Marca denominativa AK 47 para productos de la clase 28 — Marca comunitaria nº 4.528.378

Titular de la marca comunitaria:

Cybergun SA

Parte que solicita la nulidad de la marca comunitaria:

Umarex Sportwaffen GmbH & Co. KG

Resolución de la División de Anulación:

Desestimación de la solicitud de declaración de nulidad de la marca de que se trata

Resolución de la Sala de Recurso:

Anulación de la resolución de la División de Anulación y declaración de nulidad de la marca comunitaria


Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Cybergun SA.