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Recurso de casación interpuesto el 17 de febrero de 2010 por S. Apostolov contra el auto dictado por el Tribunal de la Función Pública el 15 de diciembre de 2009 en el asunto F-8/09, Apostolov/Comisión

(Asunto T-73/10 P)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Svetoslav Apostolov (Saarwellingen, Alemania) (representante: D. Schneider-Addae-Mensah, abogado)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

Que se anule el auto dictado por el Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Primera) el 15 de diciembre de 2009 en el asunto F-8/09.

Que se anule la decisión de la Comisión Europea contenida en la carta de 23 de octubre de 2008.

Que se obligue a la Comisión Europea y a sus servicios especializados, en particular a la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO), a considerar correctas las respuestas dadas por el recurrente a las preguntas 9, 30 y 32 del test de competencia de 14 de diciembre de 2007.

Con carácter subsidiario, que se permita que el recurrente realice de nuevo el test de competencia

Con carácter subsidiario respecto a las pretensiones aquí formuladas en segundo, tercero y cuarto lugar, que se devuelva el asunto al Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea.

Que se condene a la Comisión Europea al pago de las costas del presente procedimiento y del procedimiento seguido ante el Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En el presente recurso de casación, el recurrente solicita que se anule el auto dictado por el Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Primera) el 15 de diciembre de 2009 en el asunto F-8/09, Apostolov/Comisión, en el que dicho Tribunal declaró la inadmisibilidad del recurso en el que el recurrente solicitaba la anulación de la decisión de la Comisión, de 21 de octubre de 2008, por la que la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) desestimó su reclamación contra la decisión, de 25 de abril de 2008, por la que se le informaba de que las calificaciones obtenidas por él en los test de selección efectuados en relación con la convocatoria de manifestación de interés EPSO/CAST27/4/07 no bastaban para incluirlo en la base de datos de candidatos aprobados.

En apoyo de su recurso, el recurrente alega, principalmente, que existió una confusión en lo que respecta al plazo límite para la presentación de su demanda y, como consecuencia, se produjo un error excusable que justificaba que se considerase admisible la demanda presentada por él en el Tribunal de la Función Pública el 9 de julio de 2009.

El recurrente alega también que la EPSO incurrió en un error manifiesto de apreciación al calificar algunas de las respuestas dadas por él en los test de selección efectuados en relación con la convocatoria de manifestación de interés EPSO/CAST27/4/07. El recurrente sostiene además que la EPSO optó por someter a los candidatos a unas pruebas totalmente inadecuadas para garantizar un procedimiento de selección correcto.

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