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Recurso interpuesto el 13 de octubre de 2008 - Winzer Pharma/OAMI - Alcon (OFTAL CUSI)

(Asunto T-462/08)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán

Partes

Demandante: Dr. Robert Winzer Pharma GmbH (Berlín, Alemania) (representante: S. Schneller, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Alcon, Inc. (Hünenberg, Suiza)

Pretensiones de la parte demandante

Que se anulen la resolución de la Sala de Recurso de la OAMI, de 17 de julio de 2008 (R 1471/2007-1) y la resolución de la División de Oposición de la OAMI, de 16 de julio de 2007 (B 809.899).

Que se deniegue el registro de la marca nº 003679181 "Ophtal Cusi".

Que se condene en costas a la OAMI.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: Alcon Cusì, S.A. (posteriormente, Alcon, Inc.).

Marca comunitaria solicitada: La marca denominativa "OFTAL CUSI" para productos de la clase 5.

Titular de la marca o del signo invocados en oposición: La demandante.

Marca o signo invocados en oposición: "Ophtal" (nº 489.948) para productos de la clase 5.

Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición.

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94, 1 habida cuenta de que existe riesgo de confusión por la similitud de las marcas controvertidas.

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1 - Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1).