Language of document : ECLI:EU:F:2007:157

AUTO DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (Sala Primera)

de 11 de septiembre de 2007

Asunto F‑12/07

Elizabeth O’Connor

contra

Comisión de las Comunidades Europeas

«Función pública — Otros agentes — Contratos sucesivos de agente temporal, auxiliar y contractual — Período máximo de abono de la prestación por desempleo — Admisibilidad»

Objeto: Recurso interpuesto en virtud de los artículos 236 CE y 152 EA, en el que la Sra. O’Connor solicita la anulación de la decisión de la Comisión de 5 de abril de 2006 por la que se determinó que se le abonarían prestaciones por desempleo durante un periodo máximo de 11 meses y 25 días.

Resultado: Se desestima el recurso por ser en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado. La Comisión cargará con la totalidad de las costas, incluidas aquellas en que haya incurrido la demandante en relación con su solicitud de justicia gratuita.

Sumario

1.      Funcionarios — Agentes temporales y agentes contractuales — Prestación por desempleo — Periodo máximo de abono

(Régimen aplicable a los otros agentes, arts. 28 bis, ap. 4, 70 y 96, ap. 4)

2.      Procedimiento — Costas — Recurso en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado

(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, arts. 87, ap. 3, párr. 1, y 94, ap. 3)

1.      Las disposiciones del artículo 28 bis, apartado 4, y del artículo 96, apartado 4, del Régimen aplicable a los otros agentes en las que se regula el periodo máximo durante el cual los antiguos agentes temporales y los antiguos agentes contractuales, respectivamente, pueden percibir una prestación por desempleo de las Comunidades no se aplican a un antiguo agente auxiliar que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 70 de dicho Régimen, fue afiliado por la institución para la que trabajaba a un régimen nacional obligatorio de seguridad social y que sólo puede, por tanto, percibir una indemnización por desempleo de este último régimen. Las disposiciones del artículo 28 bis, apartado 4, y del artículo 96, apartado 4, del Régimen aplicable a los otros agentes no obligan, pues, a la institución a que determine la duración máxima del periodo de abono de una prestación por desempleo por parte de las Comunidades teniendo en cuenta los períodos en los que dicho agente estuvo empleado como agente auxiliar.

(véase el apartado 20)

2.      En un caso en el que el Tribunal de la Función Pública ha desestimado una solicitud de justicia gratuita por estimar manifiestamente inadmisible o infundada la acción para la que se solicitaba, en el litigio sobre el fondo del asunto procede sin embargo aplicar las disposiciones del artículo 87, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento de Procedimiento y, con carácter excepcional, condenar a la Administración a soportar, además de sus propias costas, la totalidad de las costas del demandante, incluidas las costas en que éste haya podido incurrir en relación con su solicitud de justicia gratuita, habida cuenta de la situación económica del demandante y del hecho de que, en el presente asunto, la decisión impugnada contradecía, sin explicación alguna, la información previamente ofrecida por el servicio competente.

(véanse los apartados 32 y 33)