Language of document : ECLI:EU:T:2011:379





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 14 de julio de 2011 — Winzer Pharma/OAMI — Alcon (OFTAL CUSI)

(Asunto T‑160/09)

«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa OFTAL CUSI — Marca comunitaria denominativa anterior Opthal — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009]»

1.                     Marca comunitaria — Normas de procedimiento — Motivación de las resoluciones — Artículo 73, primera frase, del Reglamento (CE) nº 40/94 — Alcance idéntico al del artículo 253 CE [Art. 253 CE; Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 73, primera frase] (véase el apartado 34)

2.                     Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 96 y 98)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 4 de febrero de 2009 (asunto R 210/2007-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Dr. Robert Winzer Pharma GmbH y Alcon Inc.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a Dr. Robert Winzer Pharma GmbH a cargar con sus propias costas, así como con las costas de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) y de Alcon Inc.