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Sentencia del Tribunal General de 13 de julio de 2018 — K. Chrysostomides & Co. y otros/Consejo y otros

(Asunto T-680/13) 1

(«Responsabilidad extracontractual — Política económica y monetaria — Programa de apoyo a la estabilidad de Chipre — Decisión del Consejo de Gobierno del BCE relativa a la provisión de liquidez de urgencia a solicitud del Banco Central de Chipre — Declaraciones del Eurogrupo de 25 de marzo, de 12 de abril, de 13 de mayo y de 13 de septiembre de 2013 sobre Chipre — Decisión 2013/236/UE — Memorándum de Entendimiento de 26 de abril de 2013 sobre Condiciones Específicas de Política Económica, celebrado entre Chipre y el Mecanismo Europeo de Estabilidad — Competencia del Tribunal General — Admisibilidad — Requisitos de forma — Agotamiento de los recursos en Derecho interno — Violación suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares — Derecho de propiedad — Confianza legítima — Igualdad de trato»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Dr. K. Chrysostomides & Co. LLC (Nicosia, Chipre) y las otras 50 partes demandantes cuyos nombres figuran en el anexo de la sentencia (representante: P. Tridimas, Barrister)

Demandadas: Consejo de la Unión Europea (representantes: A. de Gregorio Merino, E. Dumitriu-Segnana, E. Chatziioakeimidou y E. Moro, agentes), Comisión Europea (representantes: inicialmente B. Smulders, J.-P. Keppenne y M. Konstantinidis, posteriormente J.-P. Keppenne, M. Konstantinidis y L. Flynn, agentes), Banco Central Europeo (representantes: inicialmente N. Lenihan y F. Athanasiou, posteriormente P. Papapaschalis y P. Senkovic y finalmente M. Szablewska y K. Laurinavičius, agentes, asistidos por H.-G. Kamann, abogado), Eurogrupo, representado por el Consejo de la Unión Europea (representantes: A. de Gregorio Merino, E. Dumitriu-Segnana, E. Chatziioakeimidou y E. Moro, agentes), Unión Europea, representada por la Comisión Europea (representantes: inicialmente B. Smulders, J.-P. Keppenne y M. Konstantinidis, posteriormente J.-P. Keppenne, M. Konstantinidis y L. Flynn, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 268 TFUE por el que se solicita la indemnización del perjuicio supuestamente sufrido por los demandantes a resultas de la decisión del Consejo de Gobierno del BCE de 21 de marzo de 2013 relativa a la provisión de liquidez de urgencia a solicitud del Banco Central de Chipre, de las Declaraciones del Eurogrupo de 25 de marzo, de 12 de abril, de 13 de mayo y de 13 de septiembre de 2013 sobre Chipre, de la Decisión 2013/236/UE del Consejo, de 25 de abril de 2013, dirigida a Chipre y relativa a medidas específicas destinadas a restablecer la estabilidad financiera y un crecimiento sostenible (DO 2013, L 141, p. 32), del Memorándum de Entendimiento de 26 de abril de 2013 sobre Condiciones Específicas de Política Económica celebrado entre la República de Chipre y el Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE), así como de otros actos y comportamientos de la Comisión, del Consejo, del BCE y del Eurogrupo relacionados con la concesión de un instrumento de asistencia financiera en favor de la República de Chipre.

Fallo

Desestimar el recurso.

Condenar a Dr. K. Chrysostomides & Co. LLC y a las demás partes demandantes cuyos nombres figuran en anexo a cargar, además de con sus propias costas, con las del Consejo de la Unión Europea, de la Comisión Europea y del Banco Central Europeo (BCE).

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1 DO C 194 de 24.6.2014.