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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 13 de febrero de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Gela Sviluppo S.C.p.A., en liquidación

(Asunto T-65/04)

(Lengua de procedimiento: italiano)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 13 de febrero de 2004 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por Gela Sviluppo S.C.p.A., en liquidación, representada y defendida por el Sr. Patrizio Menchetti, abogado.

La demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

-    Anule la decisión de la Comisión contenida en la Comunicación de 16 de diciembre de 2003, ref. 116515 Regio E2/JHR7rs D(2003) 621494, por la que se desestima la solicitud de que se abone el saldo de la subvención global a Gela Sviluppo.

-    Anule la Decisión de la Comisión que reduce el importe de la subvención global de Gela Sviluppo, Sicilia 94-99 FEDER 98.05.26.001.

-    Anule la Decisión de la Comisión que aprueba una transferencia del presupuesto por importe de 2.348.580,42 euros.

-    Anule la decisión de la Comisión contenida en la nota de adeudo por el importe de 85.806,66 euros en concepto de devolución de los excedentes abonados.

-    Si se considera que el artículo 6, apartado 2, de las orientaciones para el cierre financiero de las intervenciones operativas (1994-1999) de los Fondos Estructurales aprobadas mediante Decisión SEC(1999) 1316, de 9 de septiembre de 1999, forma parte de una decisión en el sentido del artículo 249 CE, anule dicha Decisión.

-    Declare la responsabilidad extracontractual de la Comisión por no abonar el saldo final de la subvención global de Gela Sviluppo, Sicilia 94-99 FEDER 98.05.26.001, y condene a la Comisión al pago de una indemnización por daños en virtud de los artículos 235 CE y 288 CE por importe de 2.348.580,42 euros más intereses o por el importe que se considere oportuno.

-    Declare el incumplimiento contractual y la responsabilidad contractual de la Comisión en relación con el convenio suscrito el 13 de septiembre de 1999 entre Gela Sviluppo y la Comisión Europea, del que levantó acta la Regione Siciliana, y que fue modificado el 31 de mayo de 2002, siempre con levantamiento de acta por la Regione Siciliana, declare que no adeuda a la Comisión la suma de 85.806,66 euros y condene a la Comisión a ejecutar las prestaciones contractuales consistentes en el pago de la suma de 2.262.777,76 euros o al resarcimiento de los daños por un importe equivalente o el que se considere oportuno.

-    Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

El recurso se refiere a la Decisión de la Comisión de no abonar el saldo final de la subvención global de Gela Sviluppo, Sicilia 94-99 FEDER 98.05.26.001, y de reclamar la cantidad ya abonada de 85.806,66 euros.

La demandante alega lo siguiente:

-    La Comisión no motivó adecuadamente las Decisiones que reducen la subvención, ni la Decisión SEC(1999) 1316, de 9 de septiembre de 1999.

-    La Comisión vulneró el principio de contradicción, ya que se negó a dar curso a la solicitud de la demandante de ser oída, así como los principios de confianza legítima, de proporcionalidad y de seguridad jurídica por lo que se refiere a la reducción de la subvención y, por último, el requisito de las formas sustanciales relativas a la adopción de la Decisión SEC(1999) 1316, de 9 de septiembre de 1999.

-    La ilegalidad del método de cálculo empleado por la Comisión para el cierre definitivo.

-    La responsabilidad extracontractual de la Comisión por haber vulnerado los principios de confianza legítima, buena administración y los Reglamentos que rigen la gestión de las subvenciones de los Fondos Estructurales.

-    La responsabilidad contractual de la Comisión en relación con el convenio suscrito entre la Comisión, Gela Sviluppo y la Regione Sicilia con infracción de los artículos 1453, 1175 y 1375 del Codice civile italiano.

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