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Petición de decisión prejudicial planteada por el rechtbank den Haag, zittingsplaats Zwolle (Países Bajos) el 2 de diciembre de 2021 — L.G./Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

(Asunto C-745/21)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank den Haag, zittingsplaats Zwolle

Partes en el procedimiento principal

Demandante: L.G.

Demandada: Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

Cuestiones prejudiciales

¿Se opone el Derecho de la Unión a que, al determinar el Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo, se atribuya una relevancia independiente, en virtud de una disposición de Derecho nacional, al interés superior del hijo del que estaba embarazada la solicitante en el momento de presentación de la solicitud?

a.    ¿Se opone el artículo 16, apartado 1, del Reglamento de Dublín 1 a la aplicación de dicha disposición cuando se trate del cónyuge de la solicitante que reside legalmente en el Estado miembro en el que se presenta la solicitud?

b.    En caso de respuesta negativa, ¿implicaba el embarazo de la demandante la dependencia, en el sentido de la citada disposición, del cónyuge de quien estaba embarazada?

Si el Derecho de la Unión no se opone a que, al determinar el Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo, se atribuya una relevancia independiente al interés superior del hijo no nacido en virtud de una disposición de Derecho nacional, ¿podrá aplicarse el artículo 16, apartado 1, del Reglamento de Dublín a la relación entre el hijo no nacido y el padre de dicho hijo no nacido que reside legalmente en el Estado miembro en el que se presenta la solicitud?

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1 Reglamento (UE) n.º 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (DO 2013, L 180, p. 31).