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Petición de decisión prejudicial planteada por el Svea hovrätt, Mark- och miljööverdomstolen el 22 de marzo de 2024 — Naturvårdsverket / UQ

(Asunto C-221/24, Naturvårdsverket)

Lengua de procedimiento: sueco

Órgano jurisdiccional remitente

Svea hovrätt, Mark- och miljööverdomstolen

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Naturvårdsverket

Recurrida: UQ

Cuestiones prejudiciales

¿Implica una retirada de residuos, con arreglo al artículo 24, apartado 2, párrafo primero, letra c), del Reglamento relativo a los traslados de residuos, 1 la obligación o la facultad de la autoridad de expedición de valorizar o eliminar los residuos tras la retirada, cuando se ha presentado una notificación y un documento de movimiento para el traslado de vuelta en los que se indica cómo habrán de tratarse los residuos en el país de destino?

¿Con arreglo a qué requisitos puede aplicar la autoridad de expedición el artículo 24, apartado 2, párrafo primero, letra d), para valorizar o eliminar en el país de expedición los residuos que hayan sido objeto de un traslado ilícito? ¿Cómo se relacionan las letras d) y c)? Por ejemplo, ¿pueden efectuarse la retirada y la valorización/eliminación sobre la base de las letras c) y d) conjuntamente o la aplicación de una letra presupone que no haya podido llevarse a cabo el procedimiento previsto en la letra inmediatamente anterior?

En caso de que pueda interpretarse el artículo 24, apartado 2, del Reglamento relativo a los traslados de residuos en el sentido de que la autoridad de expedición está facultada para disponer definitivamente de los residuos después de su retirada, aunque el expedidor inicial desee recuperarlos, ¿es esta interpretación compatible con la protección de la propiedad prevista en el artículo 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el artículo 1 del Protocolo Adicional del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales?

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1 Reglamento (CE) n.º 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos (DO 2006, L 190, p. 1).