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Recurso interpuesto el 12 de abril de 2024 — Digi International/EUIPO — Teraoka Seiko (DIGI)

(Asunto T-196/24)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Digi International, Inc. (Hopkins, Minnesota, Estados Unidos) (representantes: M. Hawkins, T. Dolde y C. Zimmer, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Teraoka Seiko Co. Ltd (Tokio, Japón)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Registro internacional que designa a la Unión Europea de la marca figurativa DIGI — Registro internacional que designa a la Unión Europea n.º 1326111

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 31 de enero de 2024 en el asunto R 1906/2022-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada en la medida en que esta declara la existencia de un uso efectivo de la marca de la Unión registrada n.º 3481199 DIGI.

Modifique la resolución impugnada y desestime en su totalidad la oposición n.º B2887449 formulada contra la marca controvertida.

Condene en costas a la EUIPO y/o a la otra parte en el procedimiento (en el supuesto de que dicha parte intervenga en el procedimiento).

Motivos invocados

Desnaturalización de las pruebas en virtud del artículo 72, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 94, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 47, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

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