Language of document : ECLI:EU:T:2021:633





Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 29 de septiembre de 2021 — Univers Agro/EUIPO — Shandong Hengfeng Rubber & Plastic (AGATE)

(Asunto T592/20)

«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de anulación — Marca denominativa de la Unión AGATE — Causa de nulidad absoluta — Mala fe — Artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 207/2009 [actualmente artículo 59, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2017/1001]»

1.      Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Competencia del Tribunal General — Sentencias declaratorias — Exclusión

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 72, ap. 3]

(véase el apartado 15)

2.      Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Facultad del Tribunal General de modificar la resolución impugnada — Límites

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 72, ap. 3]

(véase el apartado 16)

3.      Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta — Mala fe del solicitante al presentar la solicitud de marca — Concepto de mala fe — Alcance

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 52, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 22 a 25)

4.      Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta — Mala fe del solicitante al presentar la solicitud de marca — Criterios de apreciación — Consideración de todos los factores pertinentes existentes en el momento de la presentación de la solicitud de registro — Conocimiento por parte del solicitante del uso por un tercero de un signo idéntico o similar — Intención del solicitante — Grado de protección jurídica de los signos controvertidos — Origen y uso del signo controvertido — Lógica comercial en que se basa el registro del signo controvertido como marca de la Unión — Cronología de los hechos que han caracterizado la presentación de la solicitud de marca

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 52, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 26, 28 a 30 y 68)

5.      Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta — Mala fe del solicitante al presentar la solicitud de marca — Criterios de apreciación — Necesidad de probar la existencia de riesgo de confusión entre las marcas en conflicto — Exclusión

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 52, ap. 1, letra b)]

(véase el apartado 27)

6.      Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta — Mala fe del solicitante al presentar la solicitud de marca — Carga de la prueba

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 52, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 31 a 33)

7.      Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta — Mala fe del solicitante al presentar la solicitud de marca — Marca denominativa AGATE

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 52, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 45, 46, 59, 60, 63, 69 a 72, 74 y 97)

8.      Marca de la Unión Europea — Normas de procedimiento — Diligencias de prueba — Presentación de documentos — Facultad de apreciación de la Sala de Recurso

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 97, ap. 1, letra c)]

(véanse los apartados 51, 53 y 54)

9.      Marca de la Unión Europea — Renuncia, caducidad y nulidad — Causas de nulidad absoluta — Mala fe del solicitante al presentar la solicitud de marca — Prueba de la mala fe — Fuerza probatoria de los elementos de prueba — Criterios de apreciación — Declaraciones solemnes

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 97, ap. 1, letra f)]

(véase el apartado 77)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 27 de julio de 2020 (asunto R 725/2019‑4), relativa a un procedimiento de nulidad entre Shandong Hengfeng Rubber & Plastic y Univers Agro.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Univers Agro EOOD.