Language of document : ECLI:EU:T:2012:180

AUTO DEL TRIBUNAL GENERAL (Sala de Casación)

de 29 de marzo de 2012

Asunto T‑2/12 P

Ayo Soerensen Ferraresi

contra

Comisión Europea

«Recurso de casación — Plazo para recurrir — Inadmisibilidad manifiesta»

Objeto: Recurso de casación interpuesto contra el auto dictado por el Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Primera) de 25 de noviembre de 2009, Soerensen Ferraresi (F‑5/09, RecFP pp. I‑A‑1‑453 y II‑A‑1‑2461), mediante el que se solicita la anulación de dicho auto.

Resultado: Se desestima el recurso de casación. La Sra. Ayo Soerensen Ferraresi cargará con sus propias costas.

Sumario

Recurso de casación — Plazos — Modo de cálculo

(Estatuto del Tribunal de Justicia, anexo I, art. 9, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 102, ap. 2)

A tenor del artículo 9, párrafo primero, del anexo I del Estatuto del Tribunal de Justicia, contra las resoluciones del Tribunal de la Función Pública que pongan fin al proceso, así como contra las que resuelvan parcialmente la cuestión de fondo o pongan fin a un incidente procesal relativo a una excepción de incompetencia o de inadmisibilidad, podrá interponerse recurso de casación ante el Tribunal General en un plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución impugnada. A este respecto, conforme al artículo 102, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, los plazos procesales se ampliarán, por razón de la distancia, en un plazo único de diez días. Los plazos procesales y de distancia no son distintos, de modo que, cuando vence el plazo procesal, es preciso ampliarlo en un plazo único de diez días.

(véase el apartado 5)