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Recurso de casación interpuesto el 18 de diciembre de 2013 por la Comisión Europea contra la sentencia dictada el 23 de octubre de 2013 por el Tribunal de la Función Pública en el asunto F-93/12, D’Agostino/Comisión

(Asunto T-670/13 P)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Comisión Europea (representantes: J. Currall y G. Gattinara, agentes)

Otra parte en el procedimiento: Luigi D’Agostino (Luxemburgo, Luxemburgo)

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la sentencia del Tribunal de la Función Pública de 23 de octubre de 2013 en el asunto F-93/12, D’Agostino/Comisión.

Desestime por infundado el recurso interpuesto por el Sr. D’Agostino en el asunto F-93/12.

Decida que cada parte cargue con sus propias costas en el presente procedimiento.

Condene al Sr. D’Agostino en las costas del procedimiento iniciado ante el Tribunal de la Función Pública.

Suspenda el procedimiento hasta que se dicte sentencia en el asunto T-368/12 P, Comisión/Macchia.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte recurrente invoca tres motivos.

1.    Primer motivo, basado en un error material y en una desnaturalización de los hechos, en la medida en que el Tribunal de la Función Pública (en lo sucesivo, «TFP») supuestamente aplicó su sentencia de 13 de junio de 2012, Macchia/Comisión (F-63/11, no publicada aún en la Recopilación) a la situación de un agente contractual que no había solicitado la renovación de su contrato.

2.    Segundo motivo, basado en errores de Derecho, que se divide en tres partes fundadas en:

Una interpretación errónea del artículo 3 bis del régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (ROA) (relativo a los apartados 56 a 58 de la sentencia recurrida).

Un error de Derecho en la definición de las relaciones entre el interés del servicio y el principio de legalidad (relativo al apartado 63 de la sentencia recurrida).

Una vulneración de los límites del control jurisdiccional del TFP y el hecho de que el TFP se haya pronunciado, por tanto, ultra vires (relativo a los apartados 59, 60 y 63).

3.    Tercer motivo, basado en un incumplimiento de la obligación de motivación (relativa a los apartados 57 y 59 de la sentencia recurrida).