Language of document : ECLI:EU:T:2017:891





Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 13 de diciembre de 2017 — Coedo Suárez/Consejo

(Asunto T4/17)

«Función pública — Funcionarios — Jubilación de oficio — Solicitud de reconocimiento del origen profesional de la invalidez — Calificación de la solicitud de reclamación — Plazo razonable — Procedimiento administrativo previo irregular — Inadmisibilidad — Responsabilidad»

1.      Funcionarios — Pensiones — Pensión de invalidez — Determinación del origen profesional de la enfermedad — Necesidad de una solicitud en ese sentido por parte del interesado — Posibilidad de que la administración lleve a cabo una determinación de oficio — Inexistencia

(Estatuto de los funcionarios, art. 78, párr. 5)

(véanse los apartados 28, 29 y 35)

2.      Funcionarios — Seguridad social — Pensión de invalidez — Constatación de la invalidez y de su origen profesional — Competencia de la comisión médica — Control jurisdiccional — Límites

(Estatuto de los funcionarios, art. 78)

(véase el apartado 30)

3.      Funcionarios — Seguridad social — Seguro de accidentes y enfermedades profesionales — Invalidez — Regímenes distintos — Concepto único de enfermedad profesional — Reconocimiento del origen profesional de la enfermedad por la comisión de invalidez — Obligación de que la comisión médica reconozca ese mismo origen — Inexistencia

(Estatuto de los funcionarios, arts. 73 y 78)

(véase el apartado 32)

4.      Recursos de funcionarios — Reclamación administrativa previa — Distinción con la petición en el sentido del artículo 90, apartado 1, del Estatuto — Distinción que corresponde efectuar al juez

(Estatuto de los funcionarios, art. 90, aps. 1 y 2)

(véase el apartado 35)

5.      Funcionarios — Pensiones — Pensión de invalidez — Determinación del origen profesional de la enfermedad — Necesidad de una solicitud en ese sentido por parte del interesado — Observancia de un plazo razonable — Criterios de apreciación — Inicio del cómputo del plazo

(Estatuto de los funcionarios, arts. 73, 78, párr. 5, y 90, párr. 1, y anexo VIII)

(véanse los apartados 41 a 48)

6.      Funcionarios — Seguridad social — Seguro de accidentes y enfermedades profesionales — Invalidez — Regímenes distintos — Concepto único de enfermedad profesional — Presentación simultánea de solicitudes con arreglo a cada régimen — Procedencia

(Estatuto de los funcionarios, arts. 73 y 78)

(véase el apartado 52)

7.      Funcionarios — Deber de asistencia y protección que incumbe a la administración — Principio de buena administración — Alcance — Obligación de la administración de no atenerse a los plazos para reclamar o interponer recurso — Inexistencia

(Estatuto de los funcionarios, arts. 90 y 91)

(véanse los apartados 59 y 64)

8.      Funcionarios — Responsabilidad extracontractual de las instituciones — Requisitos — Ilegalidad — Perjuicio — Relación de causalidad — Requisitos acumulativos

(Art. 340 TFUE, párr. 2)

(véase el apartado 70)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación de la decisión del Consejo de 4 de marzo de 2016 por la que se deniega el reconocimiento del origen profesional de la invalidez del demandante y, por otra parte, la obtención de una indemnización por el perjuicio supuestamente sufrido por el demandante.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Ángel Coedo Suárez.