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Sentencia del Tribunal General de 4 de abril de 2019 — Sharif/Consejo

(Asunto T-5/17) 1

(«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra Siria — Inmovilización de fondos — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Error manifiesto de apreciación — Derecho de propiedad — Proporcionalidad — Menoscabo de la reputación»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Ammar Sharif (Damasco, Siria) (representantes: B. Kennelly, QC, y J. Pobjoy, Barrister)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: S. Kyriakopoulou, P. Mahnič y V. Piessevaux, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: L. Havas y J. Norris, agentes)

Objeto

Con carácter principal, un recurso de anulación interpuesto con arreglo al artículo 263 TFUE mediante el que se solicita la anulación de la Decisión de Ejecución (PESC) 2016/1897 del Consejo, de 27 de octubre de 2016, por la que se aplica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2016, L 293, p. 36), del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1893 del Consejo, de 27 de octubre de 2016, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO 2016, L 293, p. 25), de la Decisión (PESC) 2017/917 del Consejo, de 29 de mayo de 2017, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2017, L 139, p. 62), del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/907 del Consejo, de 29 de mayo de 2017, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO 2017, L 139, p. 15), de la Decisión (PESC) 2018/778 del Consejo, de 28 de mayo de 2018, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2018, L 131, p. 16), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/774 del Consejo, de 28 de mayo de 2018, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO 2018, L 131, p. 1), en la medida en que estos actos afectan al demandante, y, con carácter subsidiario, una pretensión basada en el artículo 277 TFUE y dirigida a que se declare la inaplicabilidad del artículo 28, apartado 2, letra a), de la Decisión 2013/255/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2013, L 147, p. 14), en su versión modificada por la Decisión (PESC) 2015/1836 del Consejo, de 12 de octubre de 2015 (DO 2015, L 266, p. 75), y del artículo 15, apartado 1 bis, letra a), del Reglamento (UE) n.º 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 442/2011 (DO 2012, L 16, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento (UE) 2015/1828 del Consejo, de 12 de octubre de 2015 (DO 2015, L 266, p. 1), en la medida en que esas disposiciones son aplicables al demandante.

Fallo

Desestimar el recurso.

Condenar al Sr. Ammar Sharif a cargar con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

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1 DO C 53 de 20.2.2017.