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Sentencia del Tribunal General de 24 de noviembre de 2015 — Países Bajos/Comisión

(Asunto T-126/14) 1

[«FEOGA — Sección “Garantía” — FEAGA y FEADER — Corrección financiera aplicada en virtud de la falta de declaración de intereses — Obligación de motivación — Obligación de contabilizar intereses — Artículo 32, apartado 5, del Reglamento (CE) nº 1290/2005 — Principio de equivalencia — Obligación de diligencia»]

Lengua de procedimiento: neerlandés

Partes

Demandante: Reino de los Países Bajos (representantes: M.K. Bulterman, J. Langer y M. Noort, agentes)

Demandada: Comisión Europea (representantes: H. Kranenborg y P. Rossi, agentes)

Objeto

Demanda de anulación parcial de la Decisión de Ejecución 2013/763/UE de la Comisión, de 12 de diciembre de 2013, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (DO L 338, p. 81).

Fallo

Anular la Decisión de Ejecución 2013/763/UE de la Comisión, de 12 de diciembre de 2013, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en cuanto aplicó al Reino de los Países Bajos una corrección financiera de 4 703 231,78 euros, en virtud de intereses no declarados correspondientes a créditos relativos a tasas suplementarias pagadas tardíamente y anteriores al 1 de abril de 1993 y a restituciones por exportación indebidamente pagadas y anteriores al 1 de abril de 1995.

La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las del Reino de los Países Bajos.

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1 DO C 112, de 14.4.2014.