Language of document : ECLI:EU:T:2014:1075





Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 12 de diciembre de 2014 — Hansen & Rosenthal y H&R Wax Company Vertrieb/Comisión

(Asunto T‑544/08)

«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado de las ceras de parafina — Decisión por la que se declara la existencia una infracción del artículo 81 CE — Fijación de los precios — Prueba de la infracción — Directrices de 2006 para el cálculo del importe de las multas — Derecho de defensa — Cálculo del valor de las ventas — Gravedad de la infracción — Irretroactividad — Igualdad de trato — Proporcionalidad»

1.                     Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión que impone multas por infracción de las reglas de la competencia y afecta a varios destinatarios — Necesidad de motivación suficiente para cada uno de los destinatarios (Arts. 81 CE y 253 CE) (véanse los apartados 28 a 32 y 47)

2.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Utilización de una denominación común a dos sociedades pertenecientes al mismo grupo que tienen vínculos personales y verticales — Infracción del artículo 81 CE — Inexistencia (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 33 a 36, 46 y 49 a 58)

3.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Pliego de cargos — Contenido necesario — Respeto del derecho de defensa — Empresas a las que se ofrece la posibilidad de manifestar su punto de vista sobre los hechos, imputaciones y circunstancias alegados por la Comisión [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 27, ap. 1] (véanse los apartados 61 a 69)

4.                     Prácticas colusorias — Acuerdos entre empresas — Concepto — Concurso de voluntades sobre el comportamiento que debe adoptarse en el mercado — Inclusión — Continuación de negociaciones sobre algunos aspectos de la infracción — Irrelevancia (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 74 a 76 y 163)

5.                     Prácticas colusorias — Práctica concertada — Concepto — Incompatibilidad de la coordinación y cooperación con el deber de cada empresa de determinar de manera autónoma su comportamiento en el mercado — Intercambio de informaciones entre competidores — Objeto o efecto contrario a la competencia — Presunción — Requisitos (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 77, 78, 127 y 142)

6.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Prueba — Prueba aportada por un cierto número de manifestaciones diferentes de la infracción — Procedencia — Utilización de un conjunto de indicios — Grado de fuerza probatoria exigido en relación con cada uno de los indicios — Pruebas documentales — Criterios — Credibilidad de las pruebas presentadas — Obligaciones en materia de prueba de las empresas que niegan la realidad de la infracción (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 79, 83 a 94, 121 y 199)

7.                     Derecho de la Unión Europea — Principios — Derechos fundamentales — Presunción de inocencia — Procedimiento en materia de competencia — Aplicabilidad — Alcance — Consecuencias (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 80 a 82)

8.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Prueba de la infracción y de su duración a cargo de la Comisión — Fuerza probatoria de declaraciones voluntarias realizadas contra una empresa por los principales participantes en las prácticas colusorias para beneficiarse de la aplicación de la Comunicación sobre la cooperación — Declaraciones contrarias a los intereses de esa empresa — Valor probatorio alto (Art. 81 CE, ap. 1; Comunicación 2002/C 45/03 de la Comisión) (véanse los apartados 95 a 100, 117 y 118)

9.                     Prácticas colusorias — Acuerdos entre empresas — Concepto — Participación en reuniones cuyo objeto es contrario a la competencia — Inclusión — Requisito — Falta de distanciamiento de las decisiones adoptadas — Criterios de apreciación (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 125, 126, 128, 141, 217, 225 y 232)

10.                     Prácticas colusorias — Acuerdos y prácticas concertadas que constituyen una infracción única — Concepto — Criterios — Objetivo único y plan global — Modalidades de comisión de la infracción — Irrelevancia — Conducta no concordante de uno o varios participantes — Irrelevancia (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 238 a 240, 245, 246 y 249)

11.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Facultad de apreciación conferida a la Comisión por el artículo 23, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 1/2003 — Violación del principio de legalidad de las penas — Inexistencia — Previsibilidad de las modificaciones introducidas por las nuevas Directrices — Infracción del principio de irretroactividad — Inexistencia [Arts. 81 CE y 82 CE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 49, ap. 1; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2; Comunicaciones de la Comisión 98/C 9/03 y 2006/C 210/02] (véanse los apartados 275 a 288)

12.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Método de cálculo definido por las Directrices adoptadas por la Comisión — Cálculo del importe de base de la multa — Determinación del valor de las ventas — Criterios — Utilización de los mejores datos disponibles de la empresa imputada — Infracción del artículo 23, apartado 3, del Reglamento nº 1/2003 — Inexistencia [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2; Comunicación 2006/C 210/02 de la Comisión, puntos 15 y 16] (véanse los apartados 292, 311, 314 y 320)

13.                     Competencia — Multas — Directrices para el cálculo de las multas — Método de cálculo que toma en consideración diversos criterios flexibles — Facultad de apreciación de la Comisión — Respeto de los principios de igualdad de trato y de proporcionalidad — Control jurisdiccional — Competencia jurisdiccional plena — Efecto [Art. 229 CE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, arts. 23, ap. 2, y 31; Comunicación 2006/C 210/02 de la Comisión] (véanse los apartados 293 a 295)

14.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Método de cálculo definido por las Directrices adoptadas por la Comisión — Cálculo del importe de base de la multa — Determinación del valor de las ventas — Criterios — Ventas en relación directa o indirecta con la infracción — Volumen de negocios realizado en general por la empresa imputada en el mercado afectado por la infracción [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2; Comunicación 2006/C 210/02 de la Comisión, punto 13] (véanse los apartados 333 a 336)

15.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Gravedad de la infracción — Fijación de la multa en proporción a los criterios de apreciación de la gravedad de la infracción [Art. 81 CE, ap. 1; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 49, ap. 3; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, aps. 2 y 3; Comunicación 2006/C 210/02 de la Comisión] (véanse los apartados 361 a 363, 372, 377, 378 y 381)

16.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Volumen de negocios global de la empresa implicada — Volumen de negocios obtenido con las mercancías objeto de la infracción — Consideración de ambos — Límites — Respeto de los principios de igualdad de trato y de proporcionalidad [Art. 81 CE, ap. 1; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2; Comunicación 2006/C 210/02 de la Comisión] (véanse los apartados 376, 379, 380 y 383 a 386)

Objeto

A título principal, pretensión de anulación de la Decisión C(2008) 5476 final de la Comisión, de 1 de octubre de 2008, relativa a un procedimiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 81 [CE] y en el artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/39.181 — Ceras para velas), en cuanto afecta a las demandantes, y a título subsidiario, pretensión de reducción del importe de la multa impuesta a éstas.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Hansen & Rosenthal KG y H&R Wax Company Vertrieb GmbH cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.