Sentencia del Tribunal General de 7 de febrero de 2024 — Oriflame Cosmetics/EUIPO — Caramé (O)
(Asunto T-74/23) 1
[«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Registro internacional que designa a la Unión Europea — Marca figurativa O — Registro internacional anterior de la marca figurativa O — Motivos de denegación relativos — Falta de uso efectivo de la marca anterior — Artículo 42, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 207/2009 [actualmente artículo 47, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1001]»]
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: Oriflame Cosmetics AG (Schaffhausen, Suiza) (representantes: N. Gerling y U. Pfleghar, abogados)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: T. Klee, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Caramé Holding AG (Sulzbach, Alemania) (representantes: M. Ebner y R. Lange, abogados)
Objeto
Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 7 de diciembre de 2022 (asunto R 938/2022-2).
Fallo
Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 7 de diciembre de 2022 (R 938/2022-2).
Desestimar el recurso en todo lo demás.
La EUIPO cargará con sus propias costas y con la mitad de las de Oriflame Cosmetics AG.
Caramé Holding AG cargará con sus propias y con la mitad de las de Oriflame Cosmetics.
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1 DO C 121 de 3.4.2023.